Decreto Nº 368-22. Que eleva el monto de las pensiones otorgadas por el estado dominicano a dione manuel daniel guerrero y rosalina maría rodríguez polanco

Fecha de disposición07 Julio 2022
Número de Decreto368-22
Fecha de publicación20 Julio 2022
Número de Gaceta11075
- 144 -
ARTÍCULO 1. Se eleva a la suma de cuarenta y cinco mil setecientos diez pesos
dominicanos con 80/100 (RD$45,710.80) mensuales, la pensión asignada por el Estado
dominicano a Gloria Pimentel Pérez de Espinal, titular de la cédula de identidad y electoral
núm. 044-0014384-0.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Educación y al Instituto Nacional de Bienestar
Magisterial (INABIMA), para la aplicación del presente decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 368-22 que eleva el monto de las pensiones otorgadas por el Estado
dominicano a Dione Manuel Daniel Guerrero y Rosalina María Rodríguez Polanco.
G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 368-22
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, dispone en su artículo 8, que es
una función esencial del Estado proteger efectivamente los derechos de las personas y
propiciar los medios que les permitan perfeccionarse progresivamente.
CONSIDERANDO: Que el acceso a la seguridad social es un derecho económico y social,
constitucionalmente reconocido en el artículo 60 de la Constitución de la República, cuando
la misma dispone que el Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social
para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la
discapacidad, la desocupación y la vejez.
CONSIDERANDO: Que los derechos fundamentales, además de ser prerrogativas
esenciales que se garantizan a favor de todas las personas, de forma que sea posible conservar
la vida en sociedad, también tienen un componente político y moral en el que la comunidad
decide respetar, tolerar o financiar a toda costa una libertad o prestación en favor de un
individuo.

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