Decreto Nº 386-22. Que otorga exequátur a varios profesionales para que puedan ejercer de licenciados en derecho en todo el territorio nacional.

Fecha de disposición15 Julio 2022
Número de Decreto386-22
Fecha de publicación20 Julio 2022
Número de Gaceta11075
- 182 -
tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión
en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de
Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que
el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 386-22 que otorga exequátur a varios profesionales para que puedan ejercer
de licenciados en derecho en todo el territorio nacional. G. O. No. 11075 del 20 de julio
de 2022. G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 386-22
VISTA: La Ley núm. 111, del 3 de noviembre de 1942, sobre Exequatur de Profesionales, y
sus modificaciones;
VISTA: La Ley núm. 821, del 21 de noviembre de 1927, sobre Organización Judicial, y sus
modificaciones;
VISTO: El oficio núm. 3870, del 13 de junio de 2022, del Ministerio de Educación Superior
Ciencia y Tecnología, MESCYT.
VISTO: Los oficios números. 002725 y 002726 del 22 de junio 2022, de la Procuraduría
General de la Republica.
VISTO: El oficio núm. 002727 del 23 de junio 2022, de la Procuraduría General de la
Republica.

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