Decreto Nº 387-03. Decreto que Modifica el Bloque 6 del Art. del Decreto N° 406-00 Se Designa como Zona Industrial Ligera.

Fecha de disposición23 Abril 2003
Fecha de publicación01 Enero 2003
Número de registro3337403
Número de Decreto387-03
Número de Gaceta10208
-175-
Dec. No. 387-03 que modifica el Bloque
6
del Articulo 1 del Decreto No.
406-00.
Se
designa como Zona Industrial Ligera.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 387-03
CONSIDERANDO: Que la Ley No. 256, del 30 de octubre del 1975, en
su
Articulo 10, faculta a1 Banco Central de la Republica Dorninicana a someter a la
aprobacion del Poder Ejecutivo el plan de las areas sujetas a planificacion y control de
desarrollo en el “Polo Turistico de Puerto Plata
o
Costa Norte”.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 406-00, de fecha 11 de
agosto del 2000, dictado por el Poder Ejecutivo, se aprobo la nueva planificacion, asi como
la incorporacion de parcelas a1 desarrollo turistico en el Polo Turistico de Puerto Plata
o
Costa de Ambar.
CONSIDERANDO: Que mediante comunicacion numero 038613, del 14
de octubre del 2002, el Gobernador del Banco Central de la Republica Dorninicana remitio
a1 Poder Ejecutivo la Segunda Resolucion del Comite Administrativo del Departamento de
Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO), de fecha 3 de septiembre del aiio
2002, con
sus
correspondientes recomendaciones para el cambio de
us0
de suelo y densidad
en parcelas localizadas en la provincia de Puerto Plata.
CONSIDERANDO: Que es precis0 establecer las normas de planificacion
y control que deben aplicarse y ser observadas en 10s distintos proyectos, Sean turisticos,
urbanisticos
o
de indole industrial, que vayan a ser desarrollados en la zona turistica de
Puerto Plata
o
Costa de Ambar, a 10s fines de viabilizar 10s objetivos perseguidos mediante
las disposiciones legales que rigen la materia.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con las disposiciones del Articulo
4 de la Ley No. 256, del 30 de octubre del 1975, todas las regulaciones y medidas de
control que fueren elaboradas por el Banco Central de la Republica Dorninicana, para el
estricto cumplimiento de la referida ley, estaran sujetas a la aprobacion del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que mediante comunicacion de fecha 17 de abril del
2002, la empresa Energia Global, C. por A,, solicito a1 DEFINPRO un cambio de
us0
de
suelo a la parcela No.14 porcion -G, del Distrito Catastral No.16 de Puerto Plata, para
instalar una terminal de combustibles, para lo cual present0 el Estudio de Impact0
Ambiental de dicho proyecto que se encuentra depositado en la Secretaria de Estado de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.

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