Decreto Nº 393-99. Decreto que Otorga Exequatur a Varios Profesionales.

Número de registro3335023
Número de Decreto393-99
Fecha de disposición09 Junio 1999
Fecha de publicación01 Enero 1999
Número de Gaceta10026
-46-
Articulo
5.-
Queda derogado el Decreto
No.688
de fecha
26
de noviembre
de
1966,
que designo a la seiiora Charlotte Matalon, como Consul General Honorario de la
Republica en Tel Aviv, Israel.
Articulo
6.-
Queda derogado el Decreto
No.168-92
de fecha
26
de mayo de
1992,
que designo a1 seiior Shuki Madanes, como Consul Honorario de la Republica en
Eilat, Israel.
Articulo
7.-
Queda derogado el
Art.
3
del Decreto
No.124-95
de fecha
2
de
junio de
1995,
que designo a1 seiior Geronimo Alexis Vasquez Guzman, como Viceconsul
Honorario de la Republica en Atenas, Grecia.
Articulo
8.-
Queda derogado el Dec.
No. 195-90
de fecha
30
de mayo de
1990,
que designo a1 seiior Sergio Eustaquio Amaral Quintella, como Consul Honorario de
la Republica en Belo Horizonte, Minas Gerais, Brasil.
Articulo
9.-
Se dispone el cierre del Consulado Honorario de la Republica
en Belo Horizonte, Minas Gerais, Brasil.
Articulo
10.-Queda derogado el Decreto
No. 1995,
de fecha
23
de
septiembre de
1980,
que designo a1 seiior Jose Ribamar de Oliveira Costa, como Consul
Honorario de la Republica en Brasilia, Brasil.
Articulo
11.-
Se dispone el cierre del Consulado Honorario de la Republica
en Brasilia, Brasil.
Articulo
12.- Se deja sin efecto la designacion del seiior Walter Seabra,
como Consul Honorario de la Republica en
Porto
Alegre, Brasil.
Articulo
13.-
Se dispone el cierre del Consulado Honorario de la Republica
en
Porto
Alegre, Brasil.
Dado
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s seis
(6)
dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios
156
de la Independencia y
137
de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Dec.
No.
393-99
que otorga exequatur a varios profesionales.
-47-
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
393-99
VISTA
la Ley sobre Exequatur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de
noviembre de 1942, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley sobre Organizacihn Judicial No. 821, de fecha 21 de
noviembre de 1927, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley del Notariado No.301, de fecha 18 de junio de 1964, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley sobre Contadores Publicos Autorizados No.633, de fecha 16
de junio de 1944, y
sus
modificaciones;
VISTA
la Ley sobre Pasantia de Medicos Recien Graduados No. 146, de
fecha 11 de Mayo de 1967, y
sus
modificaciones;
VISTO
el Reglamento que determina las funciones del Departamento de
Drogas y Farmacias de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social No.
148-98, de fecha 29 de abril de 1998;
VISTA
la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el
parrafo del Articulo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955 y
sus
modificaciones,
que hace obligatoria la Pasantia Profesional de 10s Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo
1.-
Se otorga exequatur a las personas seiialadas a continuacihn,
para que puedan ejercer en todo el territorio de la Republica,
sus
respectivas profesiones,
de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
ABOGADO:
1) MARIA ARGENTINA CID CID

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