Decreto Nº 400-87. Decreto que Integra la Comision Nacional del Gatt, Presidida por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores

Fecha de disposición31 Julio 1987
Número de Decreto400-87
Número de registro3325861
Fecha de publicación01 Enero 1987
Número de Gaceta9715
/'
1092
6
Dec.
No.
399-87
que
concede franquicia
postal
en favor de
la
Asociaci6n
Dominicana de Psicologza, Inc.
JOAQUIN
BALAGUER
Presidente de la RepGblica Dominicana
IIrn
-~
:
:>..
I
'3
-7
1)
/'/
NUMEROt
399-87
VISTO
el
Articulo
100
de
la
BeLy
No.
40
de ComunicaciofieS Postales,
de
fecha
4
de
noviembre
de
19631
<:>
9
.
I
'En
ejercicio
de
las atribuciones que
me
confiere
el
&%timilo
55
de
la
Constitucidn de
la
RepGblica,
dicto
el
siguiente
1'
v
D
E
C
R
E
T
0,
Articulo
1.-
Se
coocede
franquicia
postal
en favor
de
la
Aociacidn
Dominicana
de
Psicologia,
Inc.,
por
el
t6rmino
de
do6
a5osi.s
para
el
us0
sxclusivo de
10s
asuntos concernientes
a
las
actividades que desarrolla
dicha
entidad.
Articulo
2.
-
Envies@
a1
Instituto Postal Dominican0
(
INPOSDOM)
,
para
10s
fines correspondientes.
DADO
en Santo .Doming0
de
Guzmhn,
Distrito
Nacional, Capital
de
la
RepGblica Dominicana, a
10s
treintifin
(31)
dias del
me8
de
julio
del
a6o
mil
novecientos ochenta
y
sietet
aiio
144O
de
la
1ndependencia:p
124O
de
la
Restauracih.
;I
.,
*
3
JOAQUIN
BaAGUER
d.
/
/
Dec.
No.
,400-87
que integra
la
Comisi6n
Nacional del
GATT,
presidida
r
el
Secretario de Estado de Relaciones
Exteriores.
JOAQUIN
BALAGUER
Presidente
de
la
Repfiblica Dominicana
NUMEROr
400-87
\
CONSIDERANDOt
Que
la
Repfiblica Dominicana ratificd
el
Acuerdo
General
sobre
Aranceles Aduaneros
y
Comercio
(GATT),
mediante Resolucidn del Congreso
Nacional
NGmero
2372
de
fecha
29
de abril de
1950;
,
\
1093
CONSIDERANDOs La importancia de las negociaciones que se llevan a cab en
el GATT
y
la necesidad de que la RepGblica Dominicana participe activamente en
las mismasr
CONSIDERANDOr Que esa participacih activa de la Ftep6blica Dominicana
solo
puede ser posible fortaleciendo la Comisi6n Nacional del GATT, que tiene
a su cargo todm 10s asuntos relacionados con este organism0 internacional
y
las negociaciones comerciales multilaterales.
En ejerdaio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55.de la
Constituci6n de la Repcblica, dicto el siguiente
1-
D
E
C
R
E
T
Or
7'
Articulo
1.-
La
Comisidn
Nacional del
GATT
queda
integrada de la manera
siguienter el Secretario de Estado de klaciones Exteriores, quien la
presidirdr el Gobernador del Banco Centralt
el
Secretario de Estado cle
Industria
y
Comercior el Secretario TLcnico de la Presidenciar el Director
Ejecutivo del Centro Dominicano de Promocidn de Exportaciones (CED0PEX)r el
Director General de' Aduanas
y
el Director Ejecutivo del Instituto Azucarero
Dominicano, Miembros.
Artkulo
2.-
Las
funciones
de
dicha
Comisi6n
serh
las
de
estudiar
todo
lo
concerniente a
10s
asuntos relacionados con el GATT,
a
fin de elaborar la
posicidn de la RepGblica Dominicana en las negociaciones que se realizan en el
h
marco del GATT, para
lo
cual podrh crearse cuantos comitis tecnicos se
consideren pertinentes.
Articulo 3.-
La
Secretaria de la Comisidn Nacional del GATT estard a
cargo de la Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores para Asuntos
Econ6micos, quien coordinarh
10s
estudios tknicos
y
conservard
10s
archivos
y
asuntos correspondientes
a
sus
labores.
Articulo
4.-
El
presgnte Decreto deroga
y
sustituye
10s
Decretos Nos.
4288 del 16 de octubre de 19581 1987 del
16
de
enero
del 19681 3622 del 26 de
junio de 1973r 3214 del
30
de diciembre de 1977 y cualquier otro Decreto que
le sea contrario.
4
>
,
1094
DADO
en
Iknttb
Doaingo
de
Gudn,
DA8trftO
Nacional,
capital
de
la
dhr
&l
rpas
do
julio
del
ab
mil
.
Wlica
Dominkma,
a
10s
treinti6n
(31)
novociantoa
ochenta
y
Sieta?
dlo
144*
fa
y
124O
de
la
JOAQUIN
BULACUER
Restauraci6n.
,
,
,
*.
1

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