Decreto Nº 424-04. Decreto que Instituye Al Instituto Agrario Dominicano Proceder a la Titulacion Provisional de Todas las Personas que Tienen Construidas Sus Casas en el Ambito de las Parcelas que Hace Mencion del Decreto No.
Fecha de disposición | 11 Mayo 2004 |
Número de Decreto | 424-04 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2004 |
Número de registro | 3339282 |
Número de Gaceta | 10278 |
Emisor | DIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES. |
-121
Dec. No. 424-04 que instruye a1 Instituto Agrario Dominicano proceder a la titulacion
provisional de todas las personas que tienen construidas
sus
casas en el imbito de las
parcelas que hace rnencion del Decreto No. 1815, del
aiio
1976.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 424-04
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano design0 mediante
Decreto
No.
976-03, de fecha 9 de octubre del 2003, una Comision Presidencial para la
Aplicacion del Decreto
No.
784-02, de fecha 9 de octubre del 2002.
CONSIDERANDO: Que la referida comision sugirio a1 Poder Ejecutivo la
posibilidad de aplicar el Decreto
No.
784-02, de fecha 9 de agosto del 2002, en terrenos
pertenecientes a entidades que este ultimo no contempla.
CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto
No.
1815, de fecha 16 de
marzo de 1976, el Poder Ejecutivo declaro de utilidad publica unos terrenos en la provincia
de Santiago de 10s Caballeros para ser destinados a1 desarrollo de 10s planes urbanisticos
que lleva a cab0 el gobierno, en cuya superficie se han levantado y desarrollado 10s barrios
Cienfuegos y Rosa Smester.
CONSIDERANDO: Que en el ambito de 10s terrenos afectados con esa
declaratoria de utilidad publica se han asentado miles de familias de escasos recursos
economicos, desde hace decadas, sin tener hasta la fecha la posibilidad de disponer del
titulo de propiedad correspondiente.
CONSIDERANDO: Que el Instituto Agrario Dominicano (IAD) cuenta con
la logistic% el personal humano, 10s equipos y 10s tecnicos necesarios para la
irnplementacion del Decreto
No.
784-02, de fecha 9 de agosto del 2002.
VISTO el Decreto
No.
784-02, de fecha 9 de agosto del 2002.
VISTO el Decreto
No.
976-03. de fecha 9 de octubre del 2003.
VISTO el Decreto
No.
1815, de fecha 16 de marzo de 1976
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba