Decreto Nº 424-17. Decreto que Excluye de la Expropiación Efectuada Mediante Dec. No. 333-13, Numeral 22, las Porciones de Terrenos Resultantes de los Trabajos de Deslinde Realizados en la Parcela No. 71-A, D.C. No. 17, del Distrito Nacional

Fecha de publicación01 Diciembre 2017
Fecha de disposición16 Noviembre 2017
Número de registro3386605
Número de Decreto424-17
EmisorAYUNTAMIENTOS
Número de Gaceta10898
-110-
_________________________________________________________________________
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública mediante el
presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar de
inmediato las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requ isitos legales exigidos
por el artículo 13 de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley núm.
700, del 31 de julio de 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el párrafo II al artículo 13
de la Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los registradores de títulos correspondientes y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil
diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 424-17 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. No. 333-13,
numeral 22, las porciones de terrenos resultantes de los trabajos de deslinde
realizados en la parcela No. 71-A, D.C. No. 17, del Distrito Nacional. G. O. No. 10898
del 1ro. de diciembre de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 424-17
VISTO: El Decreto núm. 333-13, del 10 de diciembre de 2013, que declaraba de utilidad
pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en
distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones
escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943, y
sus modificaciones.

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