Decreto Nº 44-21. Que otorga execuátur a varios profesionales para que puedan ejercer sus respectivas profesiones.

Número de Decreto44-21
Fecha de disposición22 Enero 2021
Fecha de publicación01 Febrero 2021
Número de Gaceta11008
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Osval Antonio Saldivar Mota queda designado viceministro
Administrativo de la Presidencia en Asuntos Interinstitucionales y relaciones con los Poderes
del Estado, en sustitución de Víctor D’Aza (renunciante). Por ende, queda derogado el
artículo 7 del Decreto núm. 330-20 del 16 de agosto de 2020.
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021), año
177 de la Independencia y año 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No.44-21 que otorga execuátur a varios profesionales para que puedan ejercer sus
respectivas profesiones. G. O. No. 11008 del 1 de febrero de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 44-21
VISTA: La Ley núm. 111, del 3 de noviembre de 1942, sobre Exequátur de Profesionales, y
sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 42-01, del 8 de marzo de 2001, Ley General de Salud.
VISTA: La Ley núm. 146, del 11 de mayo de 1967, sobre Pasantía de Médicos Recién
Graduados.
VISTO: El Decreto núm. 246-06, del 9 de junio de 2006, que establece el Reglamento de
Medicamentos que regula la Dirección General de Drogas y Farmacias, en relación con sus
responsabilidades y funciones de evaluación, vigilancia sanitaria e inspección, del Ministerio
de Salud Pública y Asistencia Social.
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VISTA: La Ley núm. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo
6 de la Ley núm. 4249, del 13 de agosto de 1955, y sus modificaciones, que hace Obligatoria
la Pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.
VISTA: La Ley núm. 6160, del 11 de enero de 1963, para la creación del Colegio
Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
VISTA: La Ley núm. 6200, del 22 de febrero de 1963, sobre el ejercicio de la Ingeniería, la
Arquitectura, la Agrimensura y Profesiones Afines.
VISTA: La Ley núm. 633, del 16 de junio de 1944, sobre Contadores Públicos Autorizados,
y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se otorga exequátur a las siguientes personas para que puedan ejercer, en todo el
territorio de la República Dominicana, las profesiones contenidas en los literales A, B, C, D,
E, F, G, H, I, J y K, de conformidad con las leyes y los reglamentos vigentes:
A) Agrimensores Cédula de identidad
y electoral:
1) ALDO LEE MONEGRO 402-2300875-2
2) ARIEL GUZMÁN CÁCERES 402-2242590-8
3) CLARIBEL LÓPEZ BALDONADO 123-0014902-3
4) DOMINGO RAMÍREZ RODRÍGUEZ 402-2519644-9
5) DONACIANO LENDOF ORTIZ 039-0023404-2
6) ENMANUEL JOSÉ ISENIA SORIANO 402-2515221-0
7) ERNESTO JOSÉ TEJADA SANTOS 031-0520376-8
8) FREDDY JESÚS MARÍA SALCÉ CRUZ 094-0010244-9
9) JEAN CARLOS ROSARIO PICHARDO 096-0028677-8
10) JOHNIEL ALEXANDER MEDINA PÉREZ 402-2478369-2
11) JOSÉ ANTONIO PAULINO BURGOS 048-0058710-9
12) JOSÉ ARGENI TORREZ NUÑEZ 402-0891931-2
13) JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ BERAS 402-2338607-5
14) JUAN LUIS ARNAUD RODRÍGUEZ 402-2078543-6
15) KIRSY YADIRA VILLAMAN ALMONTE 001-1404175-9
16) LEODES FLORIÁN RECIO 027-0029080-8
17) LUIS ARMANDO LANTIGUA BUENO 402-2455273-3
18) LURDINO VICENTE RODRÍGUEZ 053-0041776-2
19) MIGUEL ÁNGEL POUERIET HERRERA 028-0009884-6
20) MIGUEL ESPINAL PERALTA 031-0359845-8
21) OMAYRIS RAFAEL ACOSTA HERNÁNDEZ 402-2447766-7

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