Decreto Nº 444-97. Decreto que Autoriza a Varias Personas a Realizar Cambios en Sus Nombres

Fecha de disposición17 Octubre 1997
Número de Decreto444-97
Fecha de publicación01 Enero 1997
Número de registro3315061
Número de Gaceta9966
-1060-
NUMERO: 443-97
En ejercicio de
las
atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constituci6n de
la
Republica, dicto el siguiente
DE
C
RET
0:
Articulo 1.-
En
lo
adelante,
10s
Estadios Quisqueya, de Santo Domingo;
Cihao,
de Santiago de
10s
Caballeros;
y
Tetelo Vargas, de San Pedro de Macoris, estarin
a
cargo de la Secretaria de Estado de Deportes, Educaci6n Fisica
y
Recreacibn,
a
la que
corresponderi todo
lo
relativo
a
la
utilizaci6n de dichos estadios,
su
mantenimiento
preventivo
y
correctivo asi como
su
administracih.
Articulo
2.-
Se derogan
10s
Decretos numeros 291-93, del primero
(I")
de
noviembre de 1993;
y,
198-95, del
6
de septiembre de 1995, relativos
al
Patronato Pro
Desarrollo
y
Conservacih de 10s Estadios de BCisbol Profesional.
Dado
en Santo Domingo de Guzmhn, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana,
a
10s
diecisiete
(17)
dias del mes de octubre del
afio
mil
a
novecientos noventa
y
siete,
aiio
154
de
la
Independencia
y
135 de la Restauracih.
Leone1 Fernandez
Dec.
No.
444-97 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
(G.
0.
No.
9966, del 31 de octubre de 1997).
LEONELFERNANDEZ
Presidente de
la
Republica Dominicana
NUMERO: 444-97
CONSIDERANM):
Que
las
personas que figuran en
la
parte dispositiva del
presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo
a
realizar
10s
procedimientos que
para
cambios de nombres establece la
Ley
No.
659, sobre Actos del
Estado Civil, del
17
de julio de 1944,
y
sus
modificaciones.

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