Decreto Nº 460-22. Que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición16 Agosto 2022
Número de Decreto460-22
Fecha de publicación20 Agosto 2022
Número de Gaceta11079
- 46 -
Dec. núm. 460-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11079 del 20 de agosto de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 460-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de Radiodifusoras (COOPADORA), con domicilio en la calle Paúl P.
Harris, número 3, Centro de los Héroes, Santo Domingo, Distrito Nacional, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el diez (10) de marzo de dos mil veintidós (2022).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Apicultores y Afines de Monte Plata (COOPAMONTP), con
domicilio en la calle Principal, número 10, municipio Gonzalo, provincia Monte Plata,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el veintitrés (23) de abril de dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Villa Altagracia (COOPASMIVA), con domicilio en la calle Duarte,
número 50, municipio Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, República Dominicana,
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve
(29) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples Un Patrón a Seguir (COOPPATRON), con domicilio en la calle Mella,
esquina Wenceslao Ramírez, número 17, frente a la importadora Nacho, municipio San Juan
de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de febrero de dos mil veintidós
(2022).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Comunitaria de
Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples (COOPCOMUNITARIA), con domicilio en la avenida
Carlos Pérez Ricart, número 1, esquina Antonio Estévez, Arroyo Hondo II, Santo Domingo,
Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
general constitutiva celebrada el doce (12) de junio de dos mil veintidós (2022).

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