Decreto Nº 47-18. Decreto que Excluye de la Expropiación Efectuada Mediante el Dec. Núm. 275-15, Numeral 1, Resultante de los Trabajos de Deslinde y Subdivisión que Se Realizaron en la Parcela Núm. 387, del Distrito Catastral Núm. 2, del Municipio Baní, Así como la Efectuada en Virtud del Dec. Núm. 83-14, Numeral 6, a la Parcela Núm. 409398313165, Ubicada en la Romana.

Fecha de disposición12 Enero 2018
Número de Decreto47-18
Fecha de publicación15 Enero 2018
Número de registro3386696
Número de Gaceta10903
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION.
-157-
_________________________________________________________________________
173
4000301946
298.98
LA VEGA
174
4000301947
234.36
LA VEGA
175
4000301948
373.46
LA VEGA
176
4000301949
337.67
LA VEGA
177
4000301950
324.68
LA VEGA
178
4000301951
457.52
LA VEGA
179
4000301952
418.29
LA VEGA
180
4000301953
523.72
LA VEGA
181
4000301954
333.00
LA VEGA
182
4000301955
326.66
LA VEGA
183
4000301956
349.75
LA VEGA
Artículo 2. Envíese al Registro de Títulos de La Vega y al Ministerio de Educación, para
su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años
174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 47-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. núm. 275-
15, numeral 1, resultante de los trabajos de deslinde y subdivisión que se realizaron en
la parcela núm. 387, del Distrito Catastral núm. 2, del municipio Baní, así como la
efectuada en virtud del Dec. núm. 83-14, numeral 6, a la parcela núm. 409398313165,
ubicada en La Romana. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 47-18
VISTO: El Decreto núm. 275-15, del 22 de septiembre de 2015, que declara de utilidad
pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en
distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones
escolares.
VISTO: El Decreto núm. 83-14, del 6 de marzo de 2014, que declara de utilidad pública e
interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas
provincias del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.

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