Decreto Nº 471-19. Decreto que Autoriza a los Ayuntamientos de Santiago de los Caballeros, Moca, Dajabón, Distrito Nacional, Savaleón de Higüey, San Rafael del Yuma, Tenares y San Francisco de Macorís, a Vender Terrenos a Particulares. Excluye de la Expropiación Efectuada Mediante Dec. No. 3613 del Año 1973, el Solar 6 de la Manzana 456 del D.C. No. 1, del Municipio de Santiago de los Caballeros.

Fecha de publicación20 Diciembre 2019
Fecha de disposición13 Diciembre 2019
Número de registro3395404
Número de Decreto471-19
Número de Gaceta10964
EmisorAYUNTAMIENTOS
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PÁRRAFO III. Se autoriza a FALCONDO a que entregue al Ministerio de Hacienda
los dividendos que generen las acciones de CORDE, las cuales son transferidas a
favor del Estado dominicano, así como le otorgue a Ministerio de Hacienda los
derechos correspondientes a CORDE ante su consejo de administración y de
participación en la designación de un comisario, así como cualquier derecho qu e le
haya sido otorgado a CORDE en el Convenio Suplementario antes citado.
ARTÍCULO 3. El Ministerio de Hacienda sólo efectuará la distribución de los dividendos
de las 285,982 acciones propiedad de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales
(CORDE) en la Falconbridge Dominicana, S. A., a favor de las provincias Monseñor Nouel,
La Vega y Sánchez Ramírez, según lo dispuesto en el artículo 2 del decreto núm. 167-19, del
30 de abril de 2019, en cumplimiento del artículo 1 de la Ley núm. 507-05, del 22 de
noviembre de 2005. Quedan excluidas las 13,350 acciones que son propiedad del Estado en
la Falconbridge Dominicana, S. A., las cuales han sido administradas por el Ministerio de
Hacienda
ARTÍCULO 4. Envíese a la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE) y al
Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 471-19 que autoriza a los ayuntamientos de Santiago de los Caballeros, Moca,
Dajabón, Distrito Nacional, Savaleón de Higüey, San Rafael del Yuma, Tenares y San
Francisco de Macorís, a vender terrenos a particulares. Excluye de la expropiación
efectuada mediante Dec. No. 3613 del año 1973, el solar 6 de la manzana 456 del D.C.
No. 1, del municipio de Santiago de los Caballeros. G. O. No. 10964 del 20 de diciembre
de 2019.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 471-19
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.

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