Decreto Nº 474-22. Que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición19 Agosto 2022
Número de Decreto474-22
Fecha de publicación30 Agosto 2022
Número de Gaceta11080
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Dec. núm. 474-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11080 del 30 de agosto de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 474-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de los Industriales de Santiago Oeste
(COOPSANTIAGOOESTE), con domicilio en la avenida Circunvalación Norte, Brisas del
Llano número 6, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de diciembre de
dos mil veintiuno (2021).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Sabana Alta (COOPSABANAALTA), con domicilio en la calle Principal
número 3, distrito municipal de Sabana Alta, municipio San Juan de la Maguana, provincia
San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general
constitutiva celebrada el once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples del Sector Turismo (COOPSECTUR), con domicilio en la calle 7
Norte, número 9 altos, Los Mameyes, municipio Santo Domingo Este, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el veintiocho (28) de enero de dos mil veintidós (2022).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Trabajadores Rurales (COOPTRARURAL), con domicilio
en la calle Juan Erazo, número 14, Villa Juana, Distrito Nacional, Santo Domingo, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el veintiséis (26) de noviembre de dos mil veintidós (2022).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples La Turbina (COOPTURBINA), con domicilio en la calle Principal,
número 12, sección Pueblo Nuevo, distrito municipal El Rosario, municipio San Juan de la
Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en

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