Decreto Nº 479-22. Que excluye de la expropiación efectuada mediante artículo 1, numeral 27, del dec. núm. 319-13, varias parcelas ubicadas en el municipio jima abajo, provincia la vega, las cuales serían destinadas a la construcción de edificaciones escolares.

Fecha de disposición19 Agosto 2022
Número de Decreto479-22
Fecha de publicación30 Agosto 2022
Número de Gaceta11080
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ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por parte del Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terreno será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por
la Ley núm. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega el párrafo II al artículo 13 de la
Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al director general de Bienes Nacionales, al abogado del Estado, al
registrador de título de Moca y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos veintidós (2022); año
179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 479-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante artículo 1,
numeral 27, del Dec. núm. 319-13, varias parcelas ubicadas en el municipio Jima Abajo,
provincia La Vega, las cuales serían destinadas a la construcción de edificaciones
escolares. G. O. No. 11080 del 30 de agosto de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 479-22
VISTO: El Decreto núm. 319-13, del 8 de noviembre de 2013, que declara de utilidad pública
e interés social la adquisición, por parte del Estado, de varias porciones de terrenos en
distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 319-13, del
8 de noviembre de 2013, artículo 1, numeral 27. las parcelas que se detallan a continuación:
Parcela
Superficie m2
Municipio
Provincia
Propietaria
1.
315139911635
44,025.12
2.
315139935134
324.30

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