Decreto Nº 49-18. Decreto que Excluye de la Expropiación Efectuada Mediante el Numeral 18 del Artículo 1 del Dec. Núm. 6-14, una Porción de Terreno de Siete Mil Quinientos Metros Cuadrados (7,500.00 M²), Ubicada en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Propiedad de la Sociedad Comercial Dünn Pharma, S.R.L.

Fecha de disposición12 Enero 2018
Número de Decreto49-18
Fecha de publicación15 Enero 2018
Número de registro3386698
Número de Gaceta10903
EmisorREGISTRADOR DE TITULOS
-162-
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Dec. No. 49-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 18 del
artículo 1 del Dec. núm. 6-14, una porción de terreno de siete mil quinientos metros
cuadrados (7,500.00 M²), ubicada en el municipio Santo Domingo Este, provincia
Santo Domingo, propiedad de la sociedad comercial DÜNN PHARMA, S.R.L. G. O.
No. 10903 del 15 de enero de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 49-18
VISTO: El Decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, que declara de utilidad pública e
interés social por parte del Estado dominicano, diversas porciones de terrenos en distintas
provincias del territorio nacional, para ser utilizadas en la construcción de varias
edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943, y
sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. OGI. 1476.2017, de la Oficina de Gestión Inmobiliaria del
Ministerio de Educación referente a la no objeción a exclusión, del 23 de noviembre de
2017.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 18 del
artículo 1 del Decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, una porción de terreno de siete
mil quinientos metros cuadrados (7,500 m2), con designación catastral núm.
401481596163, ubicada en el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo,
propiedad de la sociedad comercial DÜNN PHARMA, S. R. L.
ARTÍCULO 2. Envíese al Registrador de Títulos de Santo Domingo, para su conocimiento
y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años
174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA

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