Decreto Nº 492-21. Que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del estado dominicano a pedro pablo cepeda márquez y a maría altagracia cruz rosario de santana.

Fecha de disposición09 Agosto 2021
Número de Decreto492-21
Fecha de publicación20 Agosto 2021
Número de Gaceta11032
-144-
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PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que
el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones del Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 492-21 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales
del Estado dominicano a Pedro Pablo Cepeda Márquez y a María Altagracia Cruz
Rosario de Santana. G. O. No. 11032 del 20 de agosto de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 492-21
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTAS: Las comunicaciones números Pr-In-2021-12870 y Pr-In-2021-12871, del 3 de
julio de 2021, respectivamente, del Secretario General del Gabinete del Presidente.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del
Estado dominicano a Pedro Pablo Cepeda Márquez, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. 054-0039335-0, por un monto de cuarenta mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.

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