Decreto Nº 4944. Decreto Reglamentario de la Ley de Organizacion Diplomatica
Fecha de publicación | 01 Enero 1910 |
Número de registro | 3273423 |
Número de Decreto | 4944 |
Fecha de disposición | 18 Julio 1910 |
Número de Gaceta | 2109 |
‘9.
n
COLECCION DE LEYES, DECRETOS
&.-
1874.
gozar en propiedad absoluta de ambos objetos
y
de todos
10s
instrumentos que Sean del
us0
de la empresa.
13.
Durante un
afio
despu6s de terminados 10s trabajos,
tendrk el Gobierno derecho de adquirir la empresa satisfa-
ciendo en efectivo el valor de las obras
y
un veinte
y
cinco
por ciento
(25
7.
)
de beneficio.
A
10s
diez
afios
de terminados
10s
trabajos, podra el
Gobierno adquirir las obras, pagando
a
la empresa
su
importe
previa tasacion
a
juicio de peritos.
15.
Los
concesionarios tendriin el derecho de usar para
la construccion del muelle
&e.
de
10s
escombros de
laa
propie-
dades arruinadas del Estado que se le seiialen,
y
tambien del
lastre que depositaren en
la
orilla todos
10s
buques
y
que se
encuentre depositado en
la
playa cuando principien
10s
tra-
bajos. Cuando sea necesario recurrir
B
las
vias
judiciales,
ya
sea
para
la
ejecucion de esta concesion,
6
ya
prtra
cualquiera
o-
tra
accion que se relacione con ella,
10s
tribtlnales competentes
seran
10s
de la Republica,
y
10s
derechos de
las
partes se arre-
gkdn por
la
1egisIacicn ciril vigcnie
tal
conlo
be
aplica en tcdo
el
territorio de la Republica.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Doming0
A
10s
18
dias
del mes de Julio de 1874, afio
31
de
la
Independencia
y
11
de la Restauracion.-El Ministro de Re’laciones Exteriores, Pe-
dro
T.
Garrido.-El Ministro de lo Interior y Policia, Eliseo
Grull6n.-El Ministro de Justicia
6
Instruccion Publica, en-
cargado de la Cartera de Hacienda
y
Comercio,
Jos6
de
J.
Czs-
tro.-El Ministro de Guerra
j7
Marina, Pablo Lopez Villanue-
va.
85
~
~~
__
_______
-~
14.
16.
Q.
n
Num. 13C.9.-RESOIJUCION del
P.
E. interpretando el articu-
lo 10 de la Concesion para la explotacion de tintes.
(1)
Dios,
Patria
y
Libertad.- Republica
Dominicans.-El
Con-
sejo de Secretarios de Estado, encargado del Poder Ejecutivo.
Visto el articulo 10 de
la
Concesion otorgada
a1
seiior
A-
dolfo Mendez, en fecha 14 de Junio de
1872,
y
transferida total-
mente
B
la Sociedad (anhima) “Franc0 Dominicana”.
(1)
V.
n6m. 1212.
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