Decreto Nº 527-06. Decreto que Ratifica el Consejo para el Desarrollo de la Provincia Monseñor Nouel, Juramentado el 23 de Agosto de 2006 y Crea e Integra la Comision Ejecutiva Responsable de Ejecutar las Estratetegias de Desarrollo y Evaluar los Proyectos Emanados de Dicho Consejo

Número de Decreto527-06
Fecha de publicación01 Enero 2006
Fecha de disposición30 Octubre 2006
Número de registro3341764
Número de Gaceta10390
EmisorCORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ESTATALES (CORDE).
-86-
noviembre de 2006, la cual estara integrada de la siguiente manera: Dr. Rafael
Alburquerque, Vicepresidente de la Republica Dorninicana; Dra. Alejandra Liriano,
Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores para Politica Exterior; Sra. America
Bastidas, Subsecretaria de Estado Tecnica de la Presidencia; Sr. Rafael Juliin Cedano,
Embajador Dominican0 en la Republica Occidental de Uruguay; Gral. Carlos Robles, Jefe
de Seguridad del Vicepresidente; Dra. Alba Yris Rodriguez, Ministra Consejera,
Coordinadora de Seguimiento a Cumbres, Sr. Fausto de Leon, Ministro Consejero de la
Embajada de la Republica Dorninicana en la Republica Oriental de Uruguay y seiior Jose
Alejandro Santos Rodriguez, Secretario de Estado para 10s Consejos Consultivos de
dominicanos en el exterior.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de octubre de dos mil seis (2006); aiios 163 de
la Independencia y 144 de la Restauracihn.
LEONELFERNANDEZ
Dec. No. 527-06 que ratifica el Consejo para el Desarrollo de la Provincia Monsenor
Nouel, juramentado el 23 de agosto de 2006 y crea e integra la Comision Ejecutiva
responsable de ejecutar las estratetegias de desarrollo y evaluar 10s proyectos
emanados de dicho consejo
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 527-06
CONSIDERANDO:
Que en fecha 22 de noviembre de 2005 fue promulgada la ley No.
507-05, la que transfiere a favor de las Provincias Monseiior Nouel, La Vega y Sanchez
Ramirez, 10s beneficios de las 285,982 acciones de la Corporacihn Dorninicana de
Empresas Estatales (CORDE) en la Falconbridge Dorninicana C. por A,;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 507-05, en
su
Articulo 3 establece “que la administracihn
de 10s recursos que generan estas acciones, deberan ser administradas por: el Consejo para
el Desarrollo de la Provincia de Monseiior Nouel; el Consejo Provincial para la
Administracihn de 10s Fondos Mineros (La Vega); y el Consejo Provincial para la
Administracihn de 10s Fondos Mineros (Sanchez Ramirez);
CONSIDERANDO:
Que dichas acciones, conforme a la Ley 507-05, quedaron divididas
de la siguiente manera: El 70
YO
para la provincia de Monseiior Nouel; el 20
YO
para la

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