Decreto Nº 531-21. Que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición27 Agosto 2021
Número de Decreto531-21
Fecha de publicación02 Septiembre 2021
Número de Gaceta11036
-121-
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Dec. No. 531-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11036 del 2 de septiembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 531-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos
y Servicios Múltiples Padre Billini y Afines (COOPBILLINI), con domicilio en la avenida
Independencia esquina Jiménez Moya, Santo Domingo, Distrito Nacional, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el nueve (9) de abril de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Productores de Cacao (COOPCACAO), con domicilio en la carretera
principal, número 3, sector Los Arroyos, San Francisco de Macorís, provincia Duarte,
República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva
celebrada el primero (1) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Caficultores Dominicanos (COOPCAFEDOM), con domicilio en el
distrito municipal de Juan López, municipio de Moca, provincia Espaillat, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el veintiocho (28) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro y Crédito
de los Empleados de Laboratorios de Aplicaciones Médicas Lam y Empresas Relacionadas
(COOP-LAM), con domicilio en la avenida Abraham Lincoln, esquina Gustavo Mejía Ricart,
Torre Piantini, Piso 10, Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiuno (21) de
octubre de dos mil diecisiete (2017).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de los Empleados de la Corporación Avícola del Caribe
(COOPCARICORP), con domicilio en la avenida Charles de Gaulle, municipio Santo

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