Decreto Nº 55-89. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilacion y les Asigna Pensiones del Estado a Varios Profesionales

Fecha de publicación01 Enero 1989
Fecha de disposición07 Febrero 1989
Número de registro3329115
Número de Decreto55-89
Número de Gaceta9753
-r
19-
Luz Hayd6e
Rivas
de Carrasco,
Secretaria
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Reptiblica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55
de la Constitucih de la Repfiblica;
PROMULGO la presente Resolucih,
y
mando que sea publica-
da en la Gaceta
Oficial,
para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA en Santo Doming0 de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la Repfiblica Dominicana,
a
10s quince (15) dlas del
mes de enero del
aAo
mil
novecientos ochenta;
aAos
1360. de la
Independencia
y
1 170. de la Restauraci6n.
ANTONIO GUZMAN
Rmduabn
No.
113,
que
ap~~br
d
Contnto
de
Prbtuno
y
sus
Amor,tusrito
@RW
el
Erbdo
Dominiano
y
el
Banco
Intenmeriano de
Dmwrdlo.
6.0.
No.
9522,
dd
20
de
enwo
de
1IO
EL CONGRESO NACIONAL
En
Nombre de la Repbblica
NUMERO: 113
VISTOS:
Los Incisos
14
y
19 del Artfculo 37 de la
Constitu-
ci6n
de la Repbblica;
VISTO: el Contrato de Pdstamo y
sus
Anexos, susrito en
fecha 7 de Diciembre de 1979 entre el Estado Dominicano, re-
presentado por su Presidente Constitucionai, Sefior Silvestre
Antonio Guzmin Fernhdez,
y
el Banco Interamericano de Desa-
rrollo,
representado por
su
Presidente, Sefior Antonio Ortiz
Me-
-120-
na, por medio del cual este liltimo se compromete
a
otorgar
a
nuestro pafs un financiamiento con cargo a 10s recursos del
Fondo para Operaciones Especiales, hasta por la suma de US$
40,000,000.00
(CUARENTA MILLONES DE DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA),
o
su equivalente en
otras monedas que formen parte del Fondo, que seri destinado
a cooperar en la ejecuci6n de un programa de rehabilitacih
de la infraestructura bisica, afectado por el HuracPn David
y la Tomenta Federico, mediante la realizaci6n de cuatro pro-
yectos especificos en las sireas de puentes y caminos vecinales
infraestructura de riego, sistemas de electrificacih rural
y
sis-
temas de agua potable. El programa persigue reacondicionar
las obras de infraestructura ubicadas en 10s centros de produo
ci6n
agrfcola
y
pecuaria del pais, con el objeto de incidir en el
aumento de la producci6n de estos importantes renglones e
incrementar el empleo e ingresos
en
las
zonas
miis afectadas.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR El Contrato de Prestamo
y
sus Anexos,
suscrito en fecha
7
de Diciembre de 1979 entre el Estado De
minicano, representado por su Presidente Constitucional, SeAor
Silvestre Antonio Guzmh Fernhdez, y el Banco Interamerica-
no
de Desarrollo, representado por su Presidente, SeAor Antonio
Ortiz Mena, por medio del cual este ixltirno
se
cornpromete
a
otorgar a nuestro pafs un financiamiento con cargo a 10s
recursos
del Fondo para Operaciones Especiales, hasta por la suma de US$
40,000,000.00
(CUARENTA MILLONES DE DOLARES DE
LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA),
o
su
equivalente en
otras monedas que formen parte del Fondo, que seri destinado
a cooperar en la ejecuci6n de
un
programa de rehabilitacih de
la infraestructura bhica, afectado por el HuracPn David y
la
Tomenta Federico, mediante la realizacih de cuatro proyectos
especificos en las Areas de puentes y caminos vecinales, infraes-
tmctura de riego, sistemas de electrificacih rural y sistemas de
agua potable. El programa persigue reacondicionar las
obras
de
infraestructura ubicadas en 10s centros de producci6n agrfcola
y pecuaria del pafs, con el objeto de incidir en el aumento de la
producci6n de
estos
importantes renglones e incrementar el
empleo e ingresos
en
las zonas
mis
afectadas; que copiado a la
letra dice asi:
CONTRATO DE PRESTAMO
entre la
REPUBLICA DOMINICANA
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(Programa de Rehabilitacidn dz la Infraestructurz Bisica
Afectada
por
10s Huracanes David
y
Federico).
7
de
diciembre
de
1979.
CONTRATO
DE
PRESTAMO
CONTRATQ
celebrado el
dia
7
de diciembre de
1979
entre
la
REPUBLICA
DOMINICANA
(en adelante denonlinada “Pres-
tatario”),
y
el
BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO
(en
adelante
denoininado
“Banco”).
PRIMERA PARTE
ESTIPULACIONES ESPECIALES
CAPITULO I
Monto,
Objeto
y
Organism0 Ejecutor
CI5usula
1.01.
Monto. Conforme a este Contrato, el Banco
se cornpromete a otorgar a1 Frestatario,
y
tste acepta, un Finan-
ciamiento con cargo a 10s recursos del Fondo para Operaciones
Especiales, hasta por una suma de cuarenta millones de dblares
de
10s
Estados
Uni-30~
@e
Ani6rica
(US$40,000,000.00~,
o
su

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