Decreto Nº 569-20. Decreto que Excluye de la Expropiación Efectuada Mediante Dec. No. 104-14, Artículo 1 Numeral 11, la Parcela No. 307656690791 Dentro del Municipio Villa Altagracia, Provincia San Cristóbal, la Cual Sería Destinada a la Construcción de Edificaciones Escolares.

Fecha de publicación16 Octubre 2020
Número de Decreto569-20
Número de registro3397405
Fecha de disposición15 Octubre 2020
Número de Gaceta10993
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION.
-189-
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Julio César George Encarnación queda designado embajador
extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República de El Salvador.
ARTÍCULO 2. Manuel Morales Lama queda designado embajador extraordinario y
plenipotenciario de la República Dominicana en la República Árabe de Egipto.
ARTÍCULO 3. Elvis Antonio Alam Lora queda designado embajador extraordinario y
plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Turquía.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2020); año
177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 569-20 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. No. 104-14,
artículo 1 numeral 11, la parcela No. 307656690791 dentro del municipio Villa
Altagracia, provincia San Cristóbal, la cual sería destinada a la construcción de
edificaciones escolares. G. O. No. 10993 del 16 de octubre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 569-20
VISTO: El Decreto núm. l 04-14, del 18 de marzo de 2014. que declara de utilidad pública
e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos
municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.

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