Decreto Nº 60-06. Decreto que Autoriza la Incineracion de Varias Especies Timbradas.

Fecha de disposición16 Febrero 2006
Número de Decreto60-06
Fecha de publicación01 Enero 2006
Número de registro3342322
Número de Gaceta10359
EmisorINSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM).
-69-
PARRAFO 11.- Los miembros del Consejo Directivo Nacional
de Lucha contra el Trabajo Infantil desempeiiarin
sus
funciones de manera
honorifica”.
ARTICULO
2.-
Se faculta a1 Comite Directivo Nacional de Lucha contra el
Trabajo Infantil para que incorpore
o
excluya de este Comite a las organizaciones no
gubernamentales que estime convenientes, de acuerdo a1 procedimiento que a tales fines
este Comite debera elaborar.
ARTICULO
3.-
Queda derogado el Decreto No. 566-01, de fecha 18 de
mayo del 2001.
ARTICULO
4.-
Enviese a las instituciones citadas en el presente decreto,
para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de febrero del aiio dos
mil seis (2006);
aiios
162 de la Independencia y 143 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No.
60-06
que autoriza la incineracion de varias especies timbradas.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
60-06
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950.
VISTA la Ley 288-04, del 28 de septiembre del 2004.
VISTA la Ley 80-99, del 29 de julio de 1999.
CONSIDERANDO: Que las especies timbradas especificadas mas adelante,
estan fuera de circulacihn, siendo por consiguiente no aptas para el expendio.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica Dorninicana, dicto el siguiente

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