Decreto Nº 601-21. Que excluye de la expropiación efectuada mediante el dec. no. 5-03, una porción de terreno de 6,288.60 metros cuadrados, propiedad del señor josé rafael morel fernández, ubicada en dajabón, r.d.

Fecha de disposición27 Septiembre 2021
Número de Decreto601-21
Fecha de publicación30 Septiembre 2021
Número de Gaceta11038
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al coronel paracaidista Kervis Nicolás Disla García, FARD
(DEM) (M. A), para que pueda aceptar y usar las condecoraciones Medalla de Servicio al
Mérito en sus dos categorías, “Estella Plateada” y Estrella Dorada”, otorgadas por la Junta
Interamericana de Defensa, y la Medalla al Mérito por el Servicio Conjunto con las “Fuerzas
Armadas de los Estados Unidos, otorgada por el Comando Sur de los Estados Unidos en el
Colegio Interamericano de Defensa y Seguridad, Washington DC. EEUU.
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno
(2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 601-21 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. No. 5-03,
una porción de terreno de 6,288.60 metros cuadrados, propiedad del señor José Rafael
Morel Fernández, ubicada en Dajabón, R.D. G. O. No. 11038 del 30 de septiembre de
2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 601-21
VISTO: El Decreto núm. 5-03, del 7 de enero de 2003, que declaró de utilidad pública e
interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión
superficial de 150 tareas nacionales dentro de la parcela núm. 38, D. C. núm. 4, del municipio
Dajabón.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente

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