Decreto Nº 61. Cancelacion de las Letras Patentes que Acreditaban Al Sr. Lic. Pedro Rosell como Consul General de la Republica en Amberes, Belgica y Designacion del Señor Marcos A. Guerrero para Dicho Cargo

Fecha de disposición18 Octubre 1938
Número de Decreto61
Fecha de publicación01 Enero 1938
Número de registro3273220
Número de Gaceta5233
e
-1071-
Dado
en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de
la
Republica Dominicana, a
10s
veintilin
(21)
dias del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa
y
siete,
aiio
154
de la Independencia
y
135
de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Dec. No. 449-97 que declara de inter& nacional la realizacidn de un censo de
funcionarios
y
empleados de la administracidn publica
y
de
10s
entes autdnomos
y
descentralizados del Estado en todo el territorio nacional
y
en las dependencias
ubicadas en el exterior.
(G.
0.
No. 9966, del 31 de octubre de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 449-97
CONSIDERANDO:
Que el Programa Nacional de Modemizacih
y
Refonna
dcl
Estado est6 orientado entre otras razones, a dotar a la NaciQ de una Administracion
Pilblica competente para la gesti6n de politicas
y
servicios pliblicos acordes con
las
necesidades del desarrollo integral de la naci6n.
CONSIDERANDO:
Que en esa orientacion se debe contar con infonnacion
cstratkgica que facilite adoptar decisiones referentes a la gesti6n de
10s
recursos humanos de la
Administracih Publica.
CONSIDERANDO:
Que entre esa infonnacibn, la relativa a la dotacion,
disposicion
y
potencialidad de
10s
funcionarios
y
empleados civiles del Estado es de una
importancia fundamental.
CONSIDERANDO:
Que el Gobiemo Constitucional est6 empeiiado en
formular modemas politicas de personal orientadas a la profesionalizaci6n
y
dignificacibn
laboral de
10s
funcionarios p6blicos.
CONSIDERANDO:
Que el Gobiemo Constitucional esti interesado en
desarrollar la aplicacidn de la
Ley
del Servicio Civil
y
Camera Administrativa
y
su
Reglamento correspondiente.
CONSIDERANDO:
Que en esas normas se prevC la existencia de
un
Registro
Nacional de Servidores Publicos del Poder Ejecutivo, para
lo
cual se deben instrumentar
10s
mecanismos adecuados que aseguren su debida actualizaci6n.

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