Decreto Nº 616-06. Decreto que Prohibe la Comercializacion de Fuegos Artificiales de Todo Tipo Al Publico en General Sin el Permiso Correspondiente de la Comision Creada para Tales Fines.

Número de registro3341213
Fecha de disposición13 Diciembre 2006
Fecha de publicación03 Enero 2007
Número de Decreto616-06
Número de Gaceta10403
-124-
VISTO: El instructivo para la incorporacihn de 10s actuales funcionarios
y
empleados
civiles del Poder Ejecutivo a la Carrera Administrativa, aprobado mediante Resolucihn No.
1-2001, de fecha 28 de septiembre del
aiio
2001.
VISTA: La validacihn del concurso publico correspondiente a la siguiente institucihn:
Tesoreria Nacional de la Republica Dorninicana, en la que se afirma que en 10s presentes
casos se han cumplido todas las formalidades legales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente
DE
CRE
T
0:
Articulo 1. Se otorga el nombramiento de Servidores Publicos de Carrera (SPC) a 10s
empleados publicos seiialados a continuacihn:
Tesoreria Nacional de la Republica Dorninicana
1 Carolina Lebrhn Castillo 224-0007659-6
AUXILIARADMINISTRATIVO
2 Danilda Caminero
00
1- 1782199- 1
RECEPCIONISTA
3 Jennifer Fernandez Camasta 048-0083607-6
RECEPCIONISTA
4 Rosangela A. Peiia 003-0092892-6
RECEPCIONISTA
Articulo 2. Enviese a la Oficina Nacional de Administracihn
y
Personal (ONAP), para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de diciembre del aiio dos mil seis (2006); aiios
163 de la Independencia
y
144 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 616-06 que prohibe la comercializacion de fuegos artificiales de todo tip0 a1
publico en general sin el permiso correspondiente de la comision creada para tales
fmes.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 616-06

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