Decreto Nº 62-20. Decreto que Autoriza la Emisión de Sellos Postales para el Franqueo de las Correspondencias. Modifica el Literal G), del Art. 1 del Dec. No. 103-18.

Número de registro3395496
Fecha de publicación07 Febrero 2020
Número de Decreto62-20
Fecha de disposición29 Enero 2020
EmisorINSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM).
Número de Gaceta10970
-78-
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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil veinte (2020); año
176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 62-20 que autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias. Modifica el literal g), del art. 1 del Dec. No. 103-18. G. O. No. 10970
del 7 de febrero de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 62-20
VISTA: La Ley núm. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950.
VISTO: Los oficios números MH-2020-000365 y MH-2020-000347, ambos del 7 de enero
de 2020, dirigido al presidente de la República por el ministro de Hacienda.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las
correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
a) Denominación
:
“Centenario Gesto de Solidaridad Argentina
con República Dominicana”
Valor
:
RD$100.00
Cantidad
:
20,000 ejemplares
b) Denominación
:
“Ciudadano Ejemplar”
Valor
:
RD$42.00
Cantidad
:
20,000 ejemplares
c) Denominación
:
“Abigail Mejía, Pionera del Sufragio
Femenino”
Valor
:
RD$100.00
Cantidad
:
20,000 ejemplares

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