Decreto Nº 620-20. Decreto que Nombra a Maria Elisa Holguín López, Directora de la Unidad de Análisis Financiero (uaf), por Un Período de 4 Años.

Número de registro3397577
Número de Decreto620-20
Fecha de disposición10 Noviembre 2020
Fecha de publicación27 Noviembre 2020
Número de Gaceta10997
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
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alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente
durante el ejercicio de sus funciones laborales.
PÁRRAFO II: Se ratifica y mantiene el uso obligatorio de mascarillas en los lugares
públicos y en los lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la
propagación de la COVID-19, cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones
que establece la Ley núm. 42-01, General de Salud, del 8 de marzo de 2001.
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), año
177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 620-20 que nombra a Maria Elisa Holguín López, directora de la Unidad de
Análisis Financiero (UAF), por un período de 4 años. G. O. No. 10997 del 27 de
noviembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 620-20
CONSIDERANDO PRIMERO: Que de acuerdo al numeral 12 del artículo 89 de la Ley
núm. 155-17, sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, del 1 de
junio de 2017, corresponde al Comité contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo presentar al Poder Ejecutivo la terna para designar al director o la directora de la
Unidad de Análisis Financiero (UAF).
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones citadas, dicho
comité sostuvo una reunión el 4 de noviembre de 2020 y mediante la Resolución Única del
Acta, recomienda al Poder Ejecutivo la terna compuesta por María Elisa Holguín López,
Aileen Carolina Guzmán Coste y Ruth de los Santos, candidatas para ocupar la posición
de directora de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
CONSIDERANDO TERCERO: Que la dirección de la Unidad de Análisis Financiero
(UAF) debe ser ejercida por un(a) profesional que reúna, como mínimo, las condiciones
establecidas en el artículo 93 de la Ley núm. 155-17.

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