Decreto Nº 648-02. Decreto que Aprueba el Reglamento para el Funcionamiento de la Corporacion Dominicana de Empresas Electricas Estatales

Número de Decreto648-02
Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha de disposición21 Agosto 2002
Número de registro3340449
EmisorCORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ELECTRICAS ESTATALES (CDEEE).
Número de Gaceta10160
-39-
ARTICULO
5.-
Con el nombramiento y juramentacihn de 10s miembros del
Consejo de Administracihn de la Corporacihn Dorninicana de Empresas Electricas Estatales
(CDEEE), estara concluido el period0 de transicihn a que se refiere el Parrafo I11 del
Articulo 138 de la Ley General de Electricidad, No. 125-01, de fecha 26 de julio del 2001 y
la puesta en marcha de la Corporacihn Dorninicana de Empresas Electricas Estatales
(CDEEE), asi como el inicio de la organizacihn de la Empresa de Transmisihn Electrica
Dorninicana (ETED) y de la Empresa de Generacihn Hidroelectrica Dorninicana
(EGEHID), cuya operacihn administrativa independiente sera objeto de otro mandato por
Decreto.
ARTICULO 6.-
Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas y a la
Comisihn Nacional de Energia, para
su
conocimiento.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes de agosto del aiio dos
mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 140 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 648-02 que aprueba el Reglamento para el Funcionamiento de la
Corporacion Dominicana de Empresas Elkctricas Estatales.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 648-02
CONSIDERANDO:
Que el Articulo 138 de la Ley General de Electricidad,
Ley No. 125-01, del 26 de julio de 2001, crea la Corporacihn Dorninicana de Empresas
Electricas Estatales (CDEEE), cuyas funciones consisten en liderar y coordinar las
empresas electricas estatales, llevar a cab0 programas del Estado en materia de
electrificacihn rural y suburban% asi como la de la administracihn y aplicacihn de 10s
contratos de suministro de energia electrica con 10s Productores Independientes de
Electricidad (PPI).
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar un Reglamento para coordinar
las principales atribuciones de la Corporacihn Dorninicana de Empresas Electricas Estatales
(CDEEE).
VISTOS
10s Articulos 103, 134, Parrafo I, 135, 138 y
sus
Parrafos I1 y I11 de
la Ley General de Electricidad, No. 125-01, del 26 de julio de 2001.

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