Decreto Nº 673. Decreto del P. E. Concediendo Al Señor Martin Puche Privilegio Exclusivo para Usar la Maquina de Rolland

Número de registro3319562
Número de Decreto673
Fecha de disposición12 Diciembre 1860
Fecha de publicación01 Enero 1860
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1848
141
-
-~
~-
-
-~
__
-
~
Ejecutivo queda autorizado para disponer de las sumas que
es-
t&
disponibles en las arcas nacionales, en cualquiera moneda,
hasta cubrir las necesidades de las erogaciones priecisas
6
indis-
pensables
6
no previstos, dandole cuenta
y
razon
a1
Congreso.
El Congreso Nacional, en nombre de la Republica Domini-
cans,
ejecdbew
la
ley que fija 10s gastos p6blicos para el
aiio
eco-
n6mico de
19.
de Julio de
1848
A
30
de Junio de
1849,
la
que serA
enviada
a1
Poder Ejecutivo para
su
promulgacion dentro del t6r-
mino IConstituciond.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de
la
Rep6-
blica,
h
10s
trwe
dias del mes de Julio del aiio de gracia de
1848,
y
59.
de la Patria.-El Presidznte del Congreso,
Jos6
M.
Medra-
no.-Los 'Secretarios
:
Juan Curie1.-Benigno
F.
de Rojas.-Tori-
bio
L.
Villaiiueva.
Ctimplase, comuniquese
y
circule
en
todo
leq
territorio de la
Reptiblica Dominicana la presente ley que fija 10s gastos publcios
para el afio econ6mico de
19.
de Julio de
18421
51
30
de Junio de
1849.
Dado en
le1
Palacio Nacional de isanto Domingo
Q
14
de
Ju-
lit0
de
1848,
y
59.
de la
Patria.-Santana.-Refrendado:
El Mi-
nistro Swretario de Estado de Hacienda
y
Comercio, Dr.
Ca-
mine
-0.
Nib.
162.-DECRETO del
IC.
N.
haciendo obligatorio
el
matri-
monio religioso
A
10s
que le contrajerlen civilinentc..
D~Gs,
Patria
y
Libertad.-Repbblica
Dominicans.-El
Con-
pres0
Kacional.
Considerando
:
que la Religion Cat6lica, Aposttjlica
y
Ro-
mana es la del Estado,
y
que aunque todas las sectas religiosas
son
tcrleradas, esto
no
ha sido con la intencion nunca
de
destruir
la nuestra
;
pes a1 contrario, cumpliendo con la doctrina del Sal-
vador queremos dar muestras de dulzura, paz, fraternidad
y
amor
A
todos
(10s
hombres, adrniti6ndolos indistintamente Sean de la re-
gion 6 religion que fueren en nuestro territorio.
Considerando: que si esta tolerancia politica tan precisa
6
indispensable en el dia en todas las naciones dell globo, ni nues-
tra
legislacion adoptada que establece tan justa
como
convenien-
te a1 estado civil confiado
h
10s
Ayuntamientos, debe
en
nada
desvirtuar
10s
principios
de
nuestra santa Religion; pues
Jos
do-
V

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