Decreto Nº 684. Decreto que Aprueba la Resolucion No.. 116-70, del Directorio de Desarrollo Industrial.
Fecha de disposición | 22 Febrero 1971 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1971 |
Número de registro | 3298774 |
Número de Decreto | 684 |
Número de Gaceta | 9215 |
de
la.
IndepeY\dencia,
820
de
la
Restauracih
y
13
de
\a,
Era
do
TruJlllo,
RAF’GEL
L,
TRUJILLO.
CI--
Beereto
No
2686
que
aprueba
una
Qrdenanza del Ayuntamiento
de
la
SO-
man de
Ram6n
Santana,
sobre
servicios
en
el
Ceinenterio
de
esa
p~rbl9,-
RAFAEL
LEONlDAS
TRUJILLO
MOILINA
Presidente
de
la
Repirbllca Dominicana
1$6n,-~
G.
0,
6213,
del
27
de
Ahril
de
J94Ej,
NUMERO
2326,
En ejercicia
de
la
atribucidn que
me
confiere
el
articulo
49
inch
250
de
la
Constitucih
de
la
RepGklica,
dicto
el
siguicnte
D
E
C
R
E
T
0:
WNICO.
-
Aprobar las siguientes disposicioiies de la
Or-
denanAa dictada en fecha
11
de
Abril
uel aiio en curoo por
el
Ayuntamietno de
la
Comh de Ramdn Santana:
“Articulo primero:- Se fija el valor de
UN
PESO
($1.00),
moneda
de
curso legal, por el derecho de inhumacih de
nn ar’u!to en el Cementcrio de est3 pob’acibn,
y
CINCUEN.
TA
CENTAVOS
($0.501,
cuanao
~t:
trate de un menor;
Y
por
cada
exhumacibn, pL evio el permiz’o del Derartament:,
de Saniaad
y
Asistencia Publlca, TRES PESOS
(‘$3.
OO),
moncda de
curso
legal.
A4rticulo segundo
:-
Las inhumaciones
y
exhumaciones de
ca?Bveres
de
pobres de so’emnidad quedan exoneradas de
10s
impuestos establecidos en el articulo primero.
Estas
condiciones
ser&n
determinadas por constancias expedidaa
por el Sindico Municipal
o
pcr
la
autoridad rural :orres-
pondiente, segh el
caso.
Articulo tercero
:-
Se cstablecen
10s
siguientes tiKos
Fa-
ra
la
concesidn de terrenos en
10s
Crwent~~ios de la
Co-
mtin,
por
mientras
Qstos
existan;
CINCUENTA
CENTA-
VOS
por
cada pi6
cuaarado
en e! Cementerio de la pobla-
ci6n
y
VEINTTCINCO
CENTAVOS,
por
cacla
pi6 cuadrah
en cementerios rurales.
PBrrafo
11.-
Los
terienos
o2upados
actuzltrente con ran-
teones, marcos de concreto, lapidas
y
verjas, construidas
eon caractcr permanente, quedan sujetos a1
ya-o
de un
(veinticinco
por
ciento), de
lo
establecido el
cske
ar-
ticulo”.
’
DADO
en Ciudad Truiillo, Distrito dme Santo Domircro, Ca-
pital de
la
Reptiblica Dominicana,
a
lo. veintitin
di~
del
me?
de abril del afio mil novecientw cuarenta
y
cinco.
atios
102”
de la Independencia,
820
de la Restauracih
y
150
de la
E;.n
de
Trujillc
RAFAEL
L,
TRUJILLO.
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