Decreto Nº 699-07. Que concede el benficio de la jubilacion y asigna pensiones del estado a varias personas.

Fecha de disposición18 Enero 2007
Número de Decreto699-07
Fecha de publicación21 Enero 2007
Número de Gaceta10450
-60-
ARTICULO
2.
El presente decreto deroga el Articulo
1
del Decreto
No. 653-07
de fecha
22
de noviembre de
2007.
ARTICULO
3.
Enviese a la Secretaria de Estado de Estado de Deportes, Educacihn Fisica
y Recreacihn (SEDEFIR), para 10s fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s dieciocho
(18)
dias del mes de diciembre de dos mil siete
(2007);
aiios
164
de la Independencia y
145
de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No.
699-07
que concede el beneficio de la jubilacion
y
asigna pensiones del Estado
a varias personas.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
699-07
VISTA:
La Ley
No.379,
sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del
11
de
diciembre del
1981;
VISTA:
La comunicacihn
No.16029
del
6
de diciembre de
2007,
elevada a1 Seiior
Presidente de la Republica por el Secretario Administrativo de la Presidencia, donde
solicita las pensiones de varios empleados publicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55,
de la Constitucihn de la
Republica, dicto el siguiente
DE
CRET
0:
Articulo
1.-
Se concede el beneficio de la jubilacihn y se asigna una pension del Estado a
10s siguientes servidores publicos:

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