Decreto Nº 72-03. Decreto que Establece el Reglamento para la Organizacion y Regulacion de las Administracion de Riegos de SALUD-ARS.

Fecha de disposición31 Enero 2003
Número de Decreto72-03
Fecha de publicación01 Enero 2003
Número de registro3342739
Número de Gaceta10223
-67-
PARRAFO I.-
La EPBD emitira las certificaciones de afiliacion de estos
trabajadores, conforme se establece en el Articulo
63
y siguientes de este reglamento.
PARRAFO 11.-
Si hubiese un cambio de AFP, 10s recursos que el trabajador
haya acumulado en
su
CCI, seran traspasados a la AFP elegida, conforme lo que se dispone
en 10s Articulos
66
y siguientes de este reglamento, en la misma fecha de emision de la
certificacion.
ARTICULO
149.-
Aquellos gastos incurridos por las AFP desde el lro. de
agosto de 2001, fecha de publicacion de la Ley, hasta el inicio de las cotizaciones
obligatorias, que califiquen para ser diferidos, se amortizaran en un plazo maximo de hasta
cinco (5) aiios, en la forma que defina la Superintendencia mediante Resoluciones.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de diciembre del
aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 140 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 72-03 que establece el Reglamento para la Organizacion
y
Regulacion de las
Administradoras de Riesgos de Salud
-
ARS.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 72-03
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
DE
CRE
T
0:
REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACION
Y
REGULACION
DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS DE SALUD
-
ARS
-68-
TITULO I.
DEL AMBITO DE APLICACION
ARTICULO
1.-
AMBITO DE APLICACION.
El presente reglamento
tiene por objeto regular el regimen de organizacihn y funcionamiento de las
Administradoras de Riesgos de Salud
/
Seguro Nacional de Salud que se autoricen como
tales en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, cualquiera que sea
su
naturaleza
juridica y
su
area geografica de operacihn dentro del territorio nacional.
PARRAFO..
Cada una de las distintas categorias de entidades autorizadas
por la Ley para actuar como Administradoras de Riesgos de Salud
/
Seguro Nacional de
Salud, deberin cumplir con las disposiciones propias de
su
regimen juridico, ademas de las
normas contenidas en el presente reglamento.
ARTICULO
2.-
RESPONSABILIDADES DE LAS
ADMINISTRADORAS DE RIESGOS
/
SEGURO NACIONAL DE SALUD.
Las
Administradoras de Riesgos de Salud
/
Seguro Nacional de Salud serin responsables de
ejercer las funciones seiialadas legalmente y las que se enuncian a continuacihn:
1.
Promover la afiliacihn de 10s habitantes de la Republica Dominicana a1
Sistema Dominicano de Seguridad Social en
su
imbito geografico de
influencia, bien sea a traves del Regimen Contributivo, del Regimen
Contributivo Subsidiado
o
Subsidiado, garantizando siempre la libre
escogencia del usuario en 10s terminos seiialados por la Ley No.
87-01
y
remitir a1 Patronato de Recaudo e Informatica de la Seguridad Social PRISS,
a la Tesoreria de la Seguridad Social y a la Superintendencia de Salud y
Riesgos Laborales la informacihn relativa a la afiliacihn del trabajador
o
jefe
de hogar y
su
familia, a las novedades laborales, y a 10s desembolsos por el
pago de la prestacihn de servicios y estadisticas relacionadas.
Administrar el riesgo de
sus
afiliados, sobre la base de la oportunidad y el
costo de eficiencia de 10s tratamientos y servicios medicos de
su
red de
proveedores de servicios de salud, quienes seran 10s responsables de aplicar
las politicas y practicas que las ARS establezcan para lograr la disminucihn
de ocurrencia de casos prevenibles de enfermedad
o
de casos sin atencihn
oportuna. Las ARS evitaran en todo cas0 cualquier forma de discriminacihn.
Movilizar 10s recursos para el funcionamiento del Sistema Dominicano de
Seguridad Social mediante el recibo y manejo adecuado de 10s per capitas
recibidos por
sus
afiliados; y pagar 10s servicios de salud a 10s prestadores
de servicios de salud PSS con 10s cuales tenga contrato en 10s plazos y
condiciones establecidas.
2.
3.

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