Decreto Nº 74-17. Decreto que Crea la Zona Franca Industrial San José de Ocoa, Bajo la Administración Técnica y Operativa de la Empresa Boracay Adventures, S.A., Ubicada en San José de Ocoa, R.D.

Fecha de publicación03 Abril 2017
Fecha de disposición24 Marzo 2017
Número de Decreto74-17
Número de registro3381051
Número de Gaceta10877
EmisorCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION (CONAZOFEX).
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil
diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 74-17 que crea la Zona Franca Industrial San José de Ocoa, bajo la
administración técnica y operativa de la empresa Boracay Adventures, S.A., ubicada
en San José de Ocoa, R.D. G. O. No. 10877 del 3 de abril de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 74-17
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha
contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas comunidades donde han
sido instaladas.
CONSIDERANDO: Que la empresa BORACAY VENTURES, S. A., presentó ante la
Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación una solicitud para
el desarrollo y operación de una zona franca industrial de exportación que se denominará
ZONA FRANCA INDUSTRIAL SAN JOSÉ DE OCOA, la cual fue aprobada mediante la
Resolución núm. 07-16-P del 9 de noviembre de 2016.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 19, acápite a) de la Ley núm. 8-90, que fomenta la
instalación de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo
Nacional de Zonas Francas de Exportación para conocer, evaluar y recomendar al Poder
Ejecutivo la instalación de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha
ley.
VISTA: La Ley núm. 8-90 del 15 de enero de 1990 y su Reglamento de Aplicación.
VISTA: La Resolución núm. 07-16-P del Consejo Nacional de Zonas Francas de
Exportación, del 9 de noviembre de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente

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