Decreto Nº 76-99. Decreto que Clasifica las Empresas en Tipo I, Tipo Ii, Tipo Iii y Tipo Iv, para Fines de Aplicacion de la Tarifa de Primas del Seguro de Accidentes del Trabajo, Segun los Niveles de Riesgos que Generen Cada una en Sus Operaciones.

Fecha de disposición24 Febrero 1999
Número de Decreto76-99
Fecha de publicación28 Febrero 1999
Número de registro3334497
Número de Gaceta10008
EmisorINSTITUTO DOMINICANO DE SEGUROS SOCIALES (IDSS).
-96-
Leone1 Fernandez
Dec. No. 76-99 que clasifica las empresas en Tip0 I, Tip0 11, Tip0 I11
y
Tip0 IV, para
fmes de aplicacion de la Tarifa de Primas del Seguro de Accidentes del Trabajo, segun
10s niveles de riesgos que generen cada una en
sus
operaciones.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 76-99
CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de iniciar un proceso de
modernizacihn del Seguro de Accidentes del Trabajo hasta tanto se logre una forma integral
de la seguridad social en la Republica Dorninicana;
CONSIDERANDO:
Que se impone la transformacihn y actualizacihn de la
legislacihn laboral y de la seguridad social para adecuarla a parametros y estandares
internacionales modernos, en 10s cuales se modifican 10s seguros comerciales por seguros
de proteccihn social;
VISTA
la Ley
No.
385, sobre Accidentes de Trabajo, de fecha 11 de
noviembre de 1932, modificada por la Ley
No.
907, de fecha 8 de agosto de 1978;
VISTO
el Decreto
No.
1805, de fecha 25 de marzo de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo
1.-
Para fines de aplicacihn de la Tarifa de Primas del Seguro de
Accidentes del Trabajo, las empresas quedan clasificadas en Tipo
I,
Tipo
11,
Tipo
I11
y Tipo
IV,
segh 10s niveles de riesgos que generen cada una en
sus
operaciones.
Articulo
2.-
La Tarifa de Primas de Accidentes de Trabajo sera igual a1 uno
por ciento (1Yo) del salario devengado por cada trabajador protegido por la Ley
No.
385

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