Decreto Nº 788-21. Que concede incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición07 Enero 2021
Número de Decreto788-21
Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de Gaceta11047
- 101 -
antes indicados podrán consultar y asistirse del Seguro Nacional de Salud (SENASA), la
Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (ANDECLIP), el Colegio Médico
Dominicano, la Sociedad Dominicana de Cirugía Plástica (SODOCIPRE), la Asociación
Dominicana de Turismo de Salud, el Servicio Nacional de Salud (SNS), la Asociación
Nacional de Turismo y Hoteles (ASONAHORES), y a otras instituciones públicas o privadas
que consideren necesarias. Asimismo, pueden invitar a participar en sus sesiones de trabajo
a especialistas y expertos en los temas a tratar, y en especial al personal técnico de las
instituciones del sector salud y turismo.
ARTÍCULO 2. Se instruye al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS)
y al Ministerio de Turismo a suscribir un acuerdo interinstitucional para la elaboración de
políticas y estrategias tendentes al desarrollo sostenible del turismo de salud y bienestar.
ARTÍCULO 3. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) y el
Ministerio de Turismo en un plazo de noventa (90) días, a partir de la fecha del presente
decreto, deberán presentar al Poder Ejecutivo bajo la coordinación de la vicepresidenta de la
República, en su calidad de presidenta del Gabinete de Salud, un informe que contenga un
levantamiento de la situación actual del turismo de salud y bienestar en la República
Dominicana y de los pacientes que visitan el país a tales fines, así como también propuestas
a corto, mediano y largo plazo tendentes a su fortalecimiento y adecuado desarrollo.
ARTÍCULO 4. Se instruye a las demás instituciones del Poder Ejecutivo a proveer todas
las facilidades necesarias para la elaboración del informe al Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social (MISPAS) y al Ministerio de Turismo.
ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021), año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No.788-21 que concede incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O.
11047 del 15 de diciembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 788-21

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