Decreto Nº 813-21. Que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de publicación24 Enero 2021
Número de Decreto813-21
Fecha de disposición17 Enero 2021
Número de Gaceta11049
- 135 -
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción,
Trabajo y Servicios Múltiples de Artesanos y Artistas de Valdesia (COOPAVAL), con
domicilio en la calle principal, número 1, Najayo Arriba, provincia San Cristóbal, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el catorce (14) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros,
Créditos y Servicios Múltiples La Bendición (COOPBENDICION), con domicilio en la calle
Benigno Filomeno Rojas, número 255, Zona Universitaria, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiuno (21) de
noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples de Caficultores La Independencia (COOPCAFINDE), con domicilio en
la sección Cruce de Blanco, municipio Bonao, provincia Monseñor Nouel, República
Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada
el dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito
y Servicios Múltiples de los Compradores de Aguacate de Cambita Garabitos
(COOPCOMPACAM), con domicilio en la calle Rodrigo de Bastidas, número 1, sector La
Torre, municipio Cambita Garabitos, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veinticuatro (24)
de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 14. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021);
año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 813-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. 11049 del 24 de diciembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 813-21

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