Decreto Nº 839-03. Decreto que Instruye a la Contraloria General de la Republica, Direccion General de Presupuesto y la Tesoreria Nacional, Crear los Mecanismos y Vias de Apropiacion Requeridos a los Fines de Garantizar el Cumplimiento de Acapite "c", del Articulo 25 de la Ley No. 134-03.

Fecha de disposición25 Agosto 2003
Número de Decreto839-03
Número de registro3337823
Fecha de publicación01 Enero 2003
Número de Gaceta10230
EmisorCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (CGR).
-267-
Dec. No.
839-03
que instruye a la Contraloria General de la Republica, Direccion
General de Presupuesto
y
a la Tesoreria Nacional, crear 10s mecanismos
y
vias de
apropiacion requeridos, a 10s fmes de garantizar el cumphiento del Acapite “c”, del
Articulo
25
de la Ley No.
134-03.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
839-03
CONSIDERANDO:
Que en fecha 29 de julio del presente aiio 2003, fue
promulgada la Ley No. 134-03, la cual crea la
CORPORACION ESTATAL DE RADIO
Y
TELEVISION (CERTV)
con patrimonio propio y modalidades especificas de
financiamiento.
CONSIDERANDO:
Que esa ley contempla que todas las entidades
authnomas y descentralizadas, asi como las instituciones del Estado, deben aportar a dicha
Corporacihn un 10% de 10s presupuestos generales de publicidad que realicen, por lo cual,
ademas de asegurar a la recien creada Corporacihn tambien disponen todas y cada una de
un medio y espacio de publicidad para
sus
actividades.
CONSIDERANDO:
Que dicha ley ademas de estar debidamente
promulgada, ha sido publicada, por lo que
su
obligatoriedad de ejecucihn se impone a todas
las instituciones del Estado dominicano.
CONSIDERANDO:
Que en aras de eficientizar y rodear de mejores
garantias el manejo de 10s fondos publicos de la Nacihn, el Estado dominicano ha venido
produciendo importantes reformas, respecto del contrato interno de 10s fondos publicos con
10s que se han modificado 10s procedimientos y denominaciones clasicos del proceso
administrativo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DE
CRE
T
0:
ARTICULO UNIC0.-
Se instruye a la
CONTRALORIA GENERAL DE
LA REPUBLICA,
A
LA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO
Y
A
LA
TESORERIA NACIONAL,
que a partir de la firma del presente decreto, crear 10s

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