Decreto Nº 848. Decreto que Aprueba las Caracteristicas Sugeridas por la Junta Monetaria para las Monedas de Oro y Plata Conmemorativas de la Visita de su Santidad el Papa Juan Pablo Ii Al Pais
Fecha de disposición | 27 Abril 1979 |
Número de Decreto | 848 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1979 |
Número de registro | 3306495 |
Número de Gaceta | 9500 |
Emisor | JUNTA MONETARIA. |
414
COLECCION DE LEYES, DECRETOS
&.-1857
'Considerando
:
Que debs proclamarse
y
garantizanse la
se-
guridad individual,
hash
en
sus
mas pequefios detalles,
y
que
tal
garantia dlebe ser acorde con las leyes reputadas mas justas.
DEGRETA:
Art
19.
Se
prohibe, bajo
les
penas
que
Ls
Illeyes penales
francesas imponen
8
10s
autores
6
c6mplices (de )des6rdenes, toda
rnanifestacion hostil
6
injuriosa sjecutada
6
intentada contra
10s
individuos parti,darios de. la administracion del ex-Presidente
Baez.
Art.
29.
hs
penas aplicadas
semh
tan graves
como
sea
el
ado ejecutado
6
intenlado.
Dado 'en
el
Palaicio Nacional de Santiago 10s Caballlkroe,
hoy dia
8
de Julio de
1857,
a50
149. de
la
Patria y
19.
de la Liber-
tad.-El Presidiente
del
Gobierno ProvisionaL4Jos4 Va1verde.-
Ulises Franicisco Espail1at.-Benign0 Fibmeno )de
Rajas.-Do-
mingo Daniel Pichardo.-Federico Pera1ta.-Pedro Francisco
BonCL-Juiian Belisario Curid.-An.tonio H,ernandez.-Fran-
cisco
Javier Jimenez.
N6m. 498.-DElCRETO del
P.
E. declarando en iestado de sitio
la ciudad de Santiago ,de
10s
CabaJSercms.
Dim,
Patria
y
Libertad.-Rep~bka
Dominicans.-Buena-
ventura Baez, Presidente de Fa Republica.
Considerando
:
que
ha estallado una conspirateion
ii
mano
anmada en la cableza de la Provincia de Santiago de
lols
Caballe-
ros,
ii
cuyo
frente aparecen
log
traidorles generales Domingo Ma-
Idol,
Jose Desiderio Valverde y Jols6
&.
Lopez
;
Que durante ese estado anomal,
es
'de derecho priictico el
principio 'de
flh
suspension del &den legal en cualquiera de
10s
puntw inisurrectos
;
DECRETA
:
!
Art. 6nico.
La
ciadad de Santiago de
10s
Caballceros queda
declanada en estado de sitio desde la publicacion del presente
decreto.
Palacio de Gobierno de Santo Domingo
y
Julio
10
de
1857,
y
140. de la Patria.-Buenaventura Baez.-Refrendado
:
El
Mi-
nistro de lo Interior, Policia
y
Agricultura,-Pedro A. Bobea.
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