Decreto Nº 8596. Decreto que Nombra a los Señores Lic. Fabio Fiallo Caceres, Lic. Wenceslao Troncoso Sanchez e Ingeniero Atilio Leon Sturla, Subsecretarios de Estado del Tesoro y Credito Publico, de Economia y Comercio, y de Obras Publicas y Riego, Respectivamente.

Número de registro3288475
Fecha de publicación01 Enero 1952
Fecha de disposición11 Octubre 1952
Número de Decreto8596
Número de Gaceta7479
de
Pensiones
y
Jubilaciones
Civiles
de
la
Ley
de
Gastos
Pu-
blicos.
DADO
en Ciudad
Tixji5o,
Distrrlto
Naci~nal,
Capital
de
la
Repirhlica
Dominicam,
8
ics
',res
dias
del
mes
de
agosto
del
mii
novecientos
seserta
y
uno,
afir,s
1i30
de
la
Incie-
pendencia,
98':'
de
!a
.?e-::aur;,cicn
3-
320
de
la
Era
de
Trujillo.
Decreto
So.
6987,
que
concede
una
pension
de:
Estado
a
;a
anciana
Sra.
Maria
Jorge
Vda. Sinchez.
(
0.
No.
S597
de!
29
r!c
Xeosto
&'e
1S(il
JOAQUIN
BALAGUER
NUMEEO:
6987
DECXETO:
DADO
en
Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital
de
la
Republica Dominicana,
a
10s
cuatro dias del
rnes
de
agosto
del mil novecientos sesenta
y
uno,
afios
1180
de
la
Inde-
penckncia,
980
de
ia
Restauracibn
y
329
de
ia
Era
de
Trujillo.
JOAQUIN
BAMGUER.
c
Dcc.1
cto
So.
6983,
quc
dispone
la
distrikuci6n
de
tierras
adjudicadas
IJO~
cl
E.-tado
entre
personas
tic
escasos
recurso
j
econOinicos,
dentro
tlcl
plan
de
reforma
agraria,
y
dicta
o!ras
disposicionc~.
(G.
0.
KO.
Y59-1
de1
16
de
Agosto
dc
I!Jtil)
JOAQUIN
BALAGVER
Presidrnte
de
la
Rqiii'ulica
Doininicma
NUMEPO:
6983
CONSIDERANDO
que
el
Gobierno
esta empefiado
en
dar
realidad
a
un equitativo plan
de
r2forma agraria, que supri-
ma
tcda injusticia
eE
ia
distribucion
de
las tierras,
de
ma-
nera
a
evitar tanto
la
concentracion
de
grandes extensiones
de
terrer,o como
e!
fmccionamiento
de
la
propiedad en
con-
diciones
tdcs
q
rie
1w.Sa
fitcil
SLi
esplotacitin,
en
perj
tiicio
de
la
econoimia nacional;
CONSIDERANDO
que
el
Estado Dominican0
o
las
insti.
tuciones autonomas
de
su propiedad estan investidos en
unos
casos
de
un derecho
de
propiedad
y
en
otros casos
de
otros
derechos reaIes sobre
10s
inmuebles que
se
describiran mas
adelant
e
;
CONSIDERANDO
que
el
interes social justifica una in-
tervencion
del
Estado
a
fin
de
hacer posibfe
la
adquisicion
de
cualquier derecho inmGbiliario
que
pueda corresponder
a
terceras personas,
dentro
de
las
porciones de terreno
que
el Gobierno
se
propone dedicar
a1
objetivo
mas
arriba
se-
fialado;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR