Decreto Nº 87-15. Decreto que Declara de Alto Interés Nacional la Preservación de la Cuenca Alta del Rio Ozama e Instruye Al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dar Fiel Cumplimiento a Lo Establecido en el Art. 122 de la Ley No. 64-00, del 18 de Agosto de 2000.

Fecha de publicación06 Mayo 2015
Número de Decreto87-15
Número de registro3373111
Fecha de disposición22 Abril 2015
EmisorBANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA (BAGRICOLA).
Número de Gaceta10795
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ARTÍCULO 16. Para el buen funcionamiento del Programa creado mediante el presente
Decreto, las instituciones del gobierno que tomen parte o no del Consejo Nacional
PROMIPYMES, deberán prestar todo el apoyo y la colaboración que les serán requeridas.
ARTÍCULO 17. El presente Decreto deroga cualquier otra disposición de su rango que le
sea contraria.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año dos mil quince
(2015); años 172 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 87-15 que declara de alto interés nacional la preservación de la Cuenca Alta
del Rio Ozama e instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dar
fiel cumplimiento a lo establecido en el Art. 122 de la Ley No. 64-00, del 18 de agosto
de 2000. G. O. No. 10795 del 6 de mayo de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 87-15
CONSIDERANDO: La importancia estratégica de la cuenca hidrográfica del Río Ozama,
como fuente de agua, biodiversidad, producción agrícola e industrial y valor cultural para el
Gran Santo Domingo.
CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 260-14, del 23 de julio del 2014, declaró de alta
prioridad nacional la rehabilitación, saneamiento, preservación y uso sostenible de la
cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela, así como el desarrollo integral de los
asentamientos humanos circundantes, con el propósito de desarrollar de manera sostenible
estos importantes recursos naturales, mejorar la calidad de vida y promover la inclusión
social de la población y contribuir con el desarrollo socio-económico del Gran Santo
Domingo.
CONSIDERANDO: El estado de deterioro de los recursos naturales y las condiciones
ambientales en sus subcuencas: Guanuma- La Leonora, Sabita, Yabacao y Ozama, debido
al avance de la frontera agropecuaria y los conflictos de uso de los suelos en la parte alta de
las mismas.

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