Decreto Nº 891-03. Decreto que Crea e Integra el Patronato del Pabellon de Balonmano

Fecha de publicación01 Enero 2003
Número de Decreto891-03
Número de registro3337891
Fecha de disposición11 Septiembre 2003
Número de Gaceta10232
-91
Dec. No. 891-03 que crea e integra el Patronato del Pabellon de Balonmano.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 891-03
CONSIDERANDO:
Que para dar cumplimiento a1 compromiso asumido
por la Republica Dorninicana con 10s demas Estados del Continente Americano, a1 aceptar
que nuestro pais sirviera de sede para la celebracion de 10s
XIV
Juegos Deportivos
Panamericanos, el Gobierno Nacional incurrio en inversiones cuantiosas, tanto en equipos y
tecnologia, como en la construccion de nuevas edificaciones y remodelacion de las
existentes, dotandolas de las mas modernas facilidades para la presentacion y desarrollo de
cada una de las disciplinas deportivas que participaron en tan magno evento;
CONSIDERANDO:
Que es de vital importancia adoptar medidas
inmediatas para garantizar la preservacion de todas y cada una de dichas instalaciones, a 10s
fines de que, una vez concluidos 10s indicados Juegos Deportivos, este patrimonio se
constituya en un invaluable legado para el
us0
y disfrute de la juventud deportiva de la
actualidad y las futuras generaciones, evitando la perdida de tan costosa inversion, como ha
sucedido con otras obras deportivas levantadas en el pasado con fondos estatales;
CONSIDERANDO:
Que en 10s momentos actuales el Estado Dominican0
se encuentra imposibilitado desde el punto de vista economico para asumir por si solo la
carga onerosa que conlleva administrar y dar debido mantenimiento a dichas instalaciones;
CONSIDERANDO:
Que, en consecuencia, procede que cada pabellon
deportivo sea manejado de manera independiente y autonoma por un patronato
economicamente autosuficiente integrado en mayoria por una
o
varias empresas y/o
ejecutivos exitosos del sector privado, con el auxilio de representantes calificados, tanto de
organismos oficiales afines, como de la prensa deportiva y de la correspondiente
federacion:
CONSIDERANDO:
Que, las empresas
GRUPO BURGOS GLOBAL
INVESTMENT,
S.
A., AES DISTRIBUIDORA DEL ESTE,
S.
A.
y
GRUPO
ORIENTAL,
S.
A.,
sociedades comerciales constituidas de conformidad con las leyes de la
Republica Dorninicana, han manifestado
su
disposicion de participar de manera activa en el
patronato que se integre para administrar y manejar el Pabellon de Balonmano, levantado
en el Complejo Deportivo del Parque del Este;
VISTA
la Ley No.
520,
del
26
de julio de
1920,
sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y
sus
modificaciones.

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