Decreto Nº 9-17. Decreto que Ordena Con Efectividad Inmediata, Iniciar el Proceso de Integración Funcional de la Gestión Administrativa, Financiera y de Recursos Humanos de la Prestadora de Servicios de Salud del Instituto Dominicano de Seguros Sociales y Sus Establecimientos Al Servicio Nacional de Salud, el Cual Realizará la Gestión y Preservación de los Activos Correspondientes a los Establecimientos de Salud del I.D.S.S.

Número de Decreto9-17
Fecha de publicación27 Enero 2017
Fecha de disposición19 Enero 2017
Número de registro3380963
EmisorCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (CGR).
Número de Gaceta10870
-88-
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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines
correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil diecisiete
(2017), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 9-17 que ordena con efectividad inmediata, iniciar el proceso de integración
funcional de la gestión administrativa, financiera y de recursos humanos de la
Prestadora de Servicios de Salud del Instituto Dominicano de Seguros Sociales y sus
establecimientos al Servicio Nacional de Salud, el cual realizará la gestión y
preservación de los activos correspondientes a los establecimientos de salud del
I.D.S.S. G. O. No. 10870 del 27 de enero de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 9-17
CONSIDERANDO: Que el Artículo 5 de la Ley núm. 123-15, que crea el Servicio
Nacional de Salud, del 16 de julio de 2015, establece que los Servicios Regionales de Salud
(SRS) se componen de los servicios de atención de carácter público, que incluyen los del
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, los hospitales autogestionados, los del
Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y los que sean identificados en el
reglamento de la presente ley.
CONSIDERANDO: Que los compromisos gubernamentales para el período 2016-2020
contemplan como prioridad cumplir con el mandato sobre la integración de la Red Pública
Única de Servicios de Salud como parte de las acciones para el fortalecimiento del sector
salud, en cuanto a la función de provisión de servicios, para satisfacer las demandas y
necesidades de la población usuaria y lograr los resultados esperados.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el párrafo del Artículo 5 de la Ley
núm. 123-15 se implementará un plan de integración de las prestadoras de servicios del
Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) al Servicio Nacional de Salud. En
cumplimiento de lo establecido en la referida disposición, se dispuso la creación de la
Comisión para la Integración de la Red Única de Servicios Públicos de Salud mediante el
Decreto núm.200-16, del 12 de agosto de 2016.

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