Decreto Nº 91-21. Que dispone la entrega en extradición al reino de españa del ciudadano dominicano isidro puntiel soriano.

Fecha de publicación23 Febrero 2021
Fecha de disposición15 Febrero 2021
Número de Decreto91-21
Número de Gaceta11010
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021); año
177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 91-21 que dispone la entrega en extradición al Reino de España del ciudadano
dominicano Isidro Puntiel Soriano. G. O. No. 11010 del 23 de febrero de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 91-21
CONSIDERANDO: Que el Reino de España, mediante la nota verbal núm. 28, del 14 de
febrero de 2020, de su embajada en la República Dominicana, solicitó al Gobierno
dominicano la entrega en extradición del ciudadano dominicano Isidro Puntiel Soriano, por
motivo del cargo que se le imputa en instancia del Juzgado de Instrucción núm. 42 de Madrid,
el cual es el siguiente:
“[L]La comisión de un delito contra la salud pública tipificado en los artículos 368,
369.1.5° y 369 bis del Código Penal, estando castigado con pena de prisión de nueve a
doce años”.
CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corle de Justicia fue apoderada de
la solicitud formal de extradición del nacional dominicano Isidro Puntiel Soriano, por
instancia núm. 01069, del 25 de febrero de 2020, de la Procuraduría General de la República.
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las notas estenográficas de la audiencia pública
virtual celebrada el 8 de enero de 2021 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,
el nacional dominicano Isidro Puntiel Soriano, optó por el trámite simplificado de
extradición al consentir voluntariamente ante los magistrados de la Segunda Sala ser
entregado a las autoridades del Gobierno del Reino de España para que sea juzgado por los
cargos que se le imputan.
CONSIDERANDO: Que, en virtud del artículo 1 del Tratado de Extradición y Asistencia
Judicial en Materia Penal, suscrito entre la República Dominicana y el Gobierno del Reino
de España, promulgado mediante Resolución núm. 189, del 10 de enero de 1984, las Partes
convienen en entregar a la justicia aquellos individuos contra los cuales se haya iniciado un
procedimiento penal o sean requeridos para la ejecución de una pena privativa de libertad
impuesta judicialmente como consecuencia de un hecho punible cometido en su territorio o
sobre el que el Estado requirente tenga jurisdicción.

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