Decreto Nº 927. Decreto que Otorga el Exequatur de Medico a Varios Doctores Graduados en la Universidad Autonoma de Santo Domingo

Fecha de disposición25 Marzo 1966
Fecha de publicación01 Enero 1966
Número de registro3305162
Número de Decreto927
Número de Gaceta8977
-390-
PROMULGO
la presente ley
y
mando que
sea
publicada en
+
la
gaceta oficial para su conocimiento
y
cumplimiento.
en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de
la
I
Dominicana' a los diecisiete dias del mes de
diciembre de mil novecientos sesenta
y
dos, ailos 119110. de la
Independencia
y
1OOmo.
de la Restauracibn.
RAFAEL
F.
BONNELLY
Ley
No.6136,
que
concede wnda petqio?
del
Ertrdo
I
10s
raiiores
Antonio
lmbert
Bamm
y
Luls
Amknrr
lib.
EL CONSEJO DE ESTADO
En Nombre de
la
Republica
'
NUMERO
6135
VISTO el articulo
8
de la
Ley
No.
5185, sobre Pensiones
Civiles del Estado, de fecha 31 de julio
de
1959;
HA
DADO
LA
SIGUIENTE LEY:
Articulo 1.-
Se
conceden sendas pensiones del Estado de
dos
mil
quinientos pesos
or0
(RD$2,500.00) rnensuales, cada
una,
a
10s seflores Antonio Imbert Barrera
y
Luis
Amiama
Tio.
.-
Dichas pensiones serA efectivas a partir del
momento en que 10s beneficiarios cesen en
sus
funciones de
Consejeros de Estado.
hticulo
3.-
Estas pensiones serin pagadas con cargo
al
Fondo de Pensiones
y
Jubilaciones Civiles de la Ley de
Gastos
Mblicos.
Arttc
Articulo
4.-
Las
pensiones de referencia son transferibles, en
cas0 de muerte de
10s
beneficiarios de las
mismas,
a
sus
viudas
y
herederos.
Y

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