Decreto Nº 96-21. Que eleva el monto de las pensiones otorgadas por el estado dominicano a varias personas.

Número de Decreto96-21
Fecha de publicación23 Febrero 2021
Fecha de disposición17 Febrero 2021
Número de Gaceta11010
-71-
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la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018, el Poder Ejecutivo
rendirá informes periódicos al Congreso Nacional durante la vigencia del estado de
emergencia.
ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021),
año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 96-21 que eleva el monto de las pensiones otorgadas por el Estado dominicano
a varias personas. G. O. No. 11010 del 23 de febrero de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 96-21
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre de 1981.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO l. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes
personas:
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de Identidad y
Electoral
Monto en RD$
1
Rosa María Guerrero Prats
Ramírez
001-0124813-6
60,000.00
2
Yvelisse Guerrero Prats
Ramírez
001-0124812-8
60,000.00
3
Juan Dagoberto Tejeda Ortiz
001-0000840-8
75,000.00

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