Decreto Nº 985. Decreto que Concede Al Dr. Silvio Rangel´de Castro la Condecoracion de la Orden del Merito Juan Pablo Duarte.

Fecha de disposición19 Febrero 1943
Número de Decreto985
Fecha de publicación01 Enero 1943
Número de registro3274340
Número de Gaceta5902
-82-
W
de
la Independencia
y
70q
de
la
Restauracih.
Loe
Secretarios
:
L.
E.
Hemiquez Csrstillo.
M.
A. Feliti.
Ejeotitese, comuniquese
y
publiquese en todo el territorio de
la Repti.blica, para
su
conacimiento
y
cumphiento.
IIALDA en
51
Palacio de: Ejecutivo, en la ciud'ad de Santo
Do-
mingo, Capital de la Reptiblica Dominicana, a lo~
ocho
(63)
das
del
mes
de Abril del aiio
mil
navecientos treinta
y
tres.
RAFAEIL
L.
TRUJW,
Presidente
de
la Reptiblica.
EX
Presidente,
Miguel Angel Roca.
Refrendado
:
Jacinto
B.
Peynado,
Secretario
de
Estado
de
la
Presidencia
Refrendado
:
B.
Paho
Pichardo,
Secretario
de
Estado de Hacienda.
Aprolmcik
de
I.
Convencih
para
limitar
la
fabricncih
y
reglamen-
tar
la
distribucitin
de
estupefaciemtes.-
G.
0.
No.
4574,
del
17
de
biayo
EL
CONGRESO
NACIONAL,
En Nmbre
de
la
Rm6blica
4
de 1933.
NUA!IEIRO
490.
tndo
;
VI3TO
el
articulo
33,
inciso
15
de la Constitucih
del
Es-
RESUSLVE
:
Aprobar
como
por
la prcsente RLesoluci6a apru9ba la Con-
venci6n internacional
sobre
la limitacibn y distribuci6n
de
=tu-
pefacientes firmada en Ginebra en fecha
13
de Julio de
1931,
Y
que capiarda
a
la
letra
dice
asi
:
CONVBNCION
PARA
LIMITAR LA FABRICACION
Y
REBLAMEWTAK
LA DISTRIBUCION
DE
ESTUPEFACIENTES
.
Los
Gdbiernos
de Albania, Alemania, Estados Unidos de
Amhriea, EbepW¶ica Argexnti,na, Austria, Bblgica, Bolivia, Reino
Unido
de
k
Gmn BreWa
e
Irlanda del
Node,
Canadh, Chile,
China,
Costa
Ria,
Cuba, Dinamam,
Villa
libre
d3
Dantzig, Re-
pt3Aiea Dominicans,
Egipto,
Espafia,
Etiolpia, Finlandja, Fran-
cia, Grecia, Guatemala, Hedjaz,
Nedjed
y
dependencias, Huwria,
la
India,
E&do
Kbre
de
Irlda, Ttslia. Jap6n, Letonia. Uberia,
Litnsnia, hxe-urgo, M6xico, M6nw0, Nomega, Panamzi,
Pa-
*
raguay,
Bajas,
p&,
Persia, Polonia, Pwtugal, Rumania
$an
W@O,
Siam,
Uni6n
de
!as
€k&blicas
tMvSth~
SocW-
tas,
Suwia,
Suiza,
Checoesluvaquia, Turquh, Uruguay, Vm=-
la y Yugoeslavia.
Deseaddo cmplhr las disposiciones
de
las Convenciones
internacionales del mi0 fhadas
en
El
Haya el
28
de
Enero del
19U
y
en Ginebra el
18
de
Febrem
de
19B5,
para
hacer efeetiva
por
via
de
suerdo internaciod
h
lhitaci6n
de
la
fabriCaCi6n
de
estupefacientea para las nwidades
legitim
del mundo en
cuanto
a
ug~s
dicos y cientifims,
y
reglamentando su distri-
buci6n.
Hem
decid?do concluir una convencih
a
este
&=to
y
ham
de-
signado
cm
sua
pleniptenciarios
(10s
que fimn al
ake).
Los
cuales, despuik
de
haberse
comunicado
sus
plenos
pode-
sx,
hallados en buena y debida forma, han convenido las siguien-
tes
dislpasiciones
:
CAPITULO
I.
-
Defmicionfs.
MicuJo Primero.
Salvo indicmi6n que
express
cmtrario, las definiciones miis
adelante expredm aplian
a
todas las dispiciones de la
presente convenci6n
:
1.-
Por
“Convenki6n
de
Ginebra”
se
entiende la Conven-
ci6n internacioaal del opio fimnada en Ginehra el
19
de Fe-brero
de
191%.
I,
2.-
Por
‘“Drogas”
se
entienden las drogas siguientes,
ya
wan parcialmente fabricadas
o
enteramente refinadas.
CJRUPO
I.
Sukrupo
(a)
i)
La
morfina
y
sus
sales, incluyendo
las
prepwidones he-
chas
partiendo directamente del opio
bruto
o
medicinal
y
que
contengan
mh
del
20%
de
morfina;
La
diacetiloanorfina y
10s
otros derivados (Cter-sales)
de
la morfina
y
sus
sales
;
La
cocaina
y
sus
sales, incluyendo
las
lpreparaciones
hechzw
partiendo
directamate
de
la hoja de
cuca
y
conteniendo
mk
de
0.1%
de cocaina tdos 10s derivadw dela eogonina
y
sus
sales
;
iv)
La
dihydrooxycodeinona
(de
la
cual
es
una
sal
el eucodal,
nombre
-sitado), la dihydrocodeinona
(de
la
cual
es
UM
sal
e:
diccdido, nmbre depositado), la dihydrmorfinona (de la cual
es
una
sal
el dilaudido, nmbre depositado)
la
acetiylodiihydroco-
deinons
o
acetylodamethylodihydrokbaina
(de
la
cual
es
una
sal
la acedicona, nodre depositado)
la
dikydkomorfina
(de
la cual
e8
una sal el paraanorfan, nanbre
depsitado)
s?
derivados y
las
sales de cuahuiera
de
esa
su’bstanciiy
y
sus
dmvados;
la
N
oxy-
morfina (genamorfina, nombre
depositado),
10s
compuestos
N
oxy
i i)
i
i
i)
@

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