DeI control de la constitucionalidad de Ias Ieyes

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DeI control de la constitucionalidad de Ias Ieyes

Luis Miguel Rivas

Con motivo de la reciente decisión dictada por el pleno de nuestra Suprema Corte de Justicia, mediante la cual fuera anulada la ley de declaración de reforma constitucional, votada por el Congreso Nacional, se han enfrentado múltiples corrientes de opinión, en torno a la validez de dicha decisión. Para la defensa de la validez juridica de dicha sentencia, atendiendo a criterios estrictamente jurídicos, comencemos observando y estableciendo el fundamento de algunas de las opiniones que censuran la referida decisión. Fundamentos estos que en esencia se contraen a los aspectos siguientes:

  1. El principio de la separación de los poderes del Estado, en donde pretende fundamentarse la supuesta incapacidad constitucional del órgano máximo del Poder Judicial, para anular la ley;

  2. Imposibilidad constitucional de anulación de la reforma constitucional por disposición del artículo 120 de la Constitución;

    c)lmposibilidad de anulación por tratarse todavía de un proyecto, y no de una ley propiamente dicho, al no haberse agotado el proceso completo de formación de la ley.

    En réplica y respuesta a estos argumentos ponderemos lo siguiente:

    Control del poder político:

    Un primer aspecto de ponderación, lo constituye el control del poder político. En este sentido tenemos, que uno de los rasgos característicos más importantes de todo sistema democrático constitucional, lo constituye la existencia de mecanismos de control del ejercicio del poder político por parte de los detentadores del poder, máxime cuando éste poder es titularidad del pueblo, quien a su vez lo delega a favor de los detentadores del poder a fin de organizar la vida en sociedad y alcanzar el bien común. En esencia, la historia del constitucionalismo no ha sido más que la búsqueda por el hombre político de las limitaciones al poder absoluto ejercicio por los detentadores del poder, quienes a veces se han manifestado proclives al trágico abuso del poder u a su ejercicio desviado.

    Un tipo de control del poder politico, consiste en el control de la constitucionalidad de las leyes, es decir la determinación de si la ley adjetiva o norma inferior es compatible o no con el texto constitucional, ya que en sistemas como el nuestro el ordenamiento jurídico se encuentra organizado o estructurado conforme a la Teoría de la jerarquización de las leyes o Teoría del Derecho por grados, donde no todas las leyes tienen el mismo valor...

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