El derecho en la reforma tributaria

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"El derecho en la reforma tributaria"

Víctor Rodríguez.

La discusión sobre los tributos es asunto recurrente en la sociedad dominicana. Desde diferentes puntos de vista se argumenta sobre las bondades de un impuesto en particular o de una u otra oferta de reforma tributaria.

En estos debates sobre la imposición intervienen exponentes de diferentes disciplinas científico-sociales porque un tributo, al tiempo que es instrumento de política económica, constituye una institución jurídica.

Los tributos también implican aspectos que le son propios en término de su formulación técnica, como es la definición de sus elementos cualitativos y cuantitativos. Otros aspectos del debate son los asuntos que se refieren a los problemas administrativos.

Cuando se plantean cambios en la estructura tributaria los aspectos económicos son los que se consideran más relevantes y predominan en casi todas las discusiones.

El debate económico en torno a la imposición sólo contempla la situación fáctica que reconoce el tributo como un instrumento para trasladar recursos del sector privado hacia el sector público y se ignoran con frecuencia las implicaciones de derecho que tiene la tributación.

La materia tributaria es un área de estudio donde la Economía y el Derecho pueden encontrar puntos comunes que abordan con criterios y métodos diferentes.

El Derecho Tributario se considera como el conjunto de normas obligatorias y coactivas que generan vínculo entre el Estado que ejerce la potestad tributaria y el contribuyente que debe cumplir con las obligaciones pecuniarias y formales que se establecen en el ejercicio de esa potestad.

El objeto final de esta relación o vínculo jurídico tributario es el tributo, que se define como la prestación obligatoria, comúnmente en dinero, que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio. Desde el punto de vista del Derecho la relación jurídico-tributaria y el tributo constituyen los asuntos básicos de la materia tributaria.

La relación jurídico-tributaria puede adoptar diferentes formas constituyendo su propósito fundamental el pago de una prestación en dinero o en especie que la doctrina define como obligación sustantiva y centro de Desarrollo Tributario.

Las obligaciones formales que coadyuvan al cumplimiento de la obligación sustantiva determinan otra forma de la relación tributaria donde los contribuyentes y responsables deben realizar determinados actos y actuaciones o tolerar su ejecución por parte de la administración...

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