Experiencia, gestion de tribunales penales en Guatemala

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"Experiencia: gestión de tribunales penales en Guatemala"

Luis R. Ramírez García

Reforma judicial y transición democrática en Guatemala.

Guatemala inició un proceso de transición democrática en 1996 por medio de la firma de los Acuerdos de Paz (AP), los cuales pusieron fin a un conflicto armado interno, que significó, por más de treinta y seis años, la muerte de miles de personas, desplazamiento de poblaciones, exilio y otras graves violaciones a los Derechos Humanos, tales como desapariciones forzadas, tortura, ejecuciones extra judiciales y genocidio.

El sistema de administración de justicia se constituyó en un factor decisivo para garantizar la impunidad de los autores de estos hechos. Esta razón histórica y política de la justicia, además de que por sus características de corte inquisitivo heredadas de la colonia (altamente burocrática, centralizada, escrita y secreta), que la convirtieron en ineficiente para la resolución de conflictos e ineficaz para garantizar el derecho del acceso a la justicia y las garantías constitucionales, se conforma como uno de los elementos centrales de transformación para consolidar el proceso democrático.

Por esta razón se incorporaron en los AP reformas al sistema de administración de justicia, las cuales tienden a remover los obstáculos estructurales que posibilitan su funcionamiento de naturaleza inquisitiva e intentan ajustarla a las distintas demandas sociales: acceso a la justicia, eficiente en el control del crimen, transparente, resuelva en tiempos razonables, provea seguridad jurídica, eficiente en la gestión de recursos y respetuosa de los derechos humanos. Entre las propuestas más significativas de los AP se contempla el fortalecimiento de la independencia del poder judicial a través de la separación de funciones administrativas y judiciales, la creación de un régimen disciplinario y la implementación de la carrera judicial. De la misma manera se contempla el reconocimiento de la diversidad cultural en el tema judicial y el fortalecimiento de las instituciones del sector justicia para profundizar en la reforma procesal penal iniciada en 1994 con la entrada en vigencia de una nueva normativa procesal penal, la que intenta desplazar las prácticas judiciales inquisitivas enquistadas desde la época colonial.

Este modelo procesal constituye una de las primeras experiencias de Latinoamérica, cuyas características principales son: a) el establecimiento de un juicio oral y público, con inmediación, concentración y contradictorio; b) transformación de mecanismos preparatorios del juicio, modificando las funciones del Ministerio Público, ampliando la participación de la víctima y redefiniendo el papel de la policía; e) una profunda modificación al régimen de la acción pública, permitiendo la reparación a la víctima, criterios de selección, salidas alternativas y fórmulas conciliatorias, proponiendo una mejor solución al conflicto; d) ampliación de los derechos del imputado y creación de la defensa pública penal para aquellas personas que no puedan pagar un abogado; e) nuevos mecanismos de control de duración del proceso que permitan la materialización de una justicia pronta y cumplida; f) simplificación de las fórmulas y trámites del procedimiento, acentuando el carácter adversarial y otorgando preeminencia a los problemas sustanciales antes que los mecanismos burocráticos;

  1. fortalecimiento de las etapas judiciales de ejecución de la pena, permitiendo al condenado la defensa de sus derechos no limitados por la sentencia; y

  2. mayor participación comunitaria, a través de las organizaciones sociales, para la persecución de hechos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, en especial las violaciones a los derechos humanos.

ESTADO DE SITUACIÓN DEL PROCESO DE REFORMA:

El proceso de implementación del nuevo Código Procesal Penal, iniciado en 1994, se realizó con mucha improvisación y sin un respaldo político y económico adecuado. La defensa pública penal se creó dentro del 'organismo judicial con muy pocos abogados, el Ministerio Público no pudo iniciar su transición institucional adecuada, pues dos...

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