Tesis Jurisprudencial de 3 de Octubre de 2001 sobre FUERZA PROBANTE DE LOS ACTOS AUTENTICOS LIMITE TESTAMENTO.

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2001

FUERZA PROBANTE DE LOS ACTOS AUTENTICOS. LIMITE. TESTAMENTO:

Que tal forma de razonar de la Corte a-qua asigna al testamento público, por estar contenido en un acto auténtico, una fuerza probante absoluta, y que hace fe de todas sus enunciaciones de manera que solamente puede ser combatido por el procedimiento de la inscripción en falsedad; que esa motivación, además de ser errónea, en el caso que se examina, tiene un carácter general y evidencia que la Corte a-qua no examinó los hechos necesarios para précisar hasta donde el testamento de que se trata estaba provisto de una fuerza probante únicamente impugnable por la inscripción en falsedad, ya que, es criterio de esta Corte y que deriva del artículo 1 de la Ley No. 301 de 1964, que si bien es cierto que el acto auténtico hace fe de sus enunciaciones respecto de las comprobaciones materiales que hace el notario personalmente, o de aquellas comprobaciones materiales que han tenido lugar en su presencia en el ejercicio de sus funciones, no menos cierto es, que las afirmaciones hechas en el acto por el notario fiera de sus atribuciones legales, pueden ser combatidas por toda clase de pruebas sin necesidad de inscripción en falsedad; que al no proceder la Corte a-qua a hacer el examen necesario para precisar hasta que punto el testamento que ponderaba estaba previsto de una fuerza probante solamente atacable por la inscripción en falsedad, dicha Corte se excedió al conferir al referido acto una fuerza probante absoluta en todas sus enunciaciones, sin determinar si las comprobaciones hechas por el notario correspondían a...

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